La ley del ´sólo sí es sí’ y la rebajas de condenas de la Audiencia de Zamora
LA JUSTICIA, como decía aquel mítico alcalde jerezano, no será un cachondeo, pero a veces lo parece. Aunque, cuando de lo que se trata es de abordar condenas a violadores, los cachondeos deben ser los justos. Pero es lo que parece después de conocer ayer que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una decisión pionera en España, revoca la decisión de la Sección Primera de Audiencia Provincial de Zamora, de rebajar la condena a un violador amparándose en la controvertida y defectuosa ley del sólo sí es sí’. Es de suponer que los tres magistrados de la Audiencia zamorana, dos mujeres y un hombre, tienen la misma formación jurídica que los tres del alto tribunal regional, dos hombres y una mujer. Es de suponer que, siendo magistrados, además atesoran un conocimiento y experiencia jurídica lo suficientemente solvente y constatado como para que sobre el mismo hecho se dicten dos resoluciones tan dispares con dos meses de diferencia.
Ninguno de los dos tribunales tenía el cometido de juzgar. Su cometido era revisar. En el primer caso, de oficio por la entrada en vigor de la ley de Irene Montero que está sirviendo para sacar a violadores a la calle. Y en el segundo, enjuiciar la apelación promovida por la acusación particular contra un violador y a la que se adhirió el Ministerio Fiscal.
¿Cómo es posible que ocurran estos desajustes que lo único que hacen es generar alarma y desconfianza entre los ciudadanos con quienes deben velar por que las leyes se conviertan en Justicia a la hora de ponerlas en práctica? Yno sirve ni vale el manido recurso de argumental de la interpretación judicial. La Justicia no puede estar al amparo de la exégesis subjetiva, ideológica o pseudopolítica de quien la imparte. Los seis magistrados, los de las dos salas, tienen la misma formación y experiencia jurídica como para no discrepar en un asunto que a la vista de cualquier ciudadano es enormemente sencillo de resolver.
Pero es que además la mencionada Sección Primera de la Audiencia de Zamora ha mostrado una inclinación excesiva a la hora de rebajar las penas a condenados por delitos sexuales. Nueve de 10 han visto mermar la pena. El 25% de todos los revisados en Castilla y León. Un caso excepcional y singular sin parangón en ninguna otra audiencia donde el mantenimiento de las penas ha ganado por goleada. La tentación del machismo tampoco lesgisla aquí, al tratarse de dos magistradas y un magistrado. Pero es evidente que, vistas las alarmantes estadísticas de la Audiencia de Zamora y la decisión del TSJ, hay que revisar con lupa las rebajas de pena concedidas por el mencionado órgano judicial.