Diario de Valladolid

EDITORIAL

Una ley de Cámaras con errores y muchas indefiniciones

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EL PROYECTO de ley de Cámaras de Comercio de Castilla y León que ha iniciado su trámite parlamentario sigue manteniendo errores que es necesario corregir y numerosas e importantes indefiniciones que resulta imprescindible precisar con más detalle para evitar en un futuro arbitrariedades o tratos de favor.

El texto normativo que ha aprobado el Consejo de Gobierno retira la creación de una todopoderosa y potente Cámara de Comercio autonómica pero la sustituye por un Consejo regional con similares funciones. Se trata de un cambio estético más que de fondo debido sobre todo a la polémica suscitada y al toque de atención del Consejo Consultivo.

La indefinición en materia de financiación pública es tal que no garantiza ni clarifica cómo se van a retribuir las funciones público-administrativas que establece la ley. Aplaza a un reglamento de régimen interior una de las cuestiones que más preocupan a las cámaras. Además, la opción de abrir la puerta a la extinción de una entidad cuando lleve dos ejercicios en negativo implica tal grado de generalidad que trata por igual a una cámara inversora y con elevado presupuesto que a una con menos actividad y movimiento. No es comparable hoy en día el dinamismo inversor y el riesgo asumido por la cámara de Valladolid que la de Miranda de Ebro y por lo tanto no debe considerarse igual a efectos de su posible endeudamiento.

La indefinición en materia financiera se une al elevado peso que tienen las grandes empresas en ese Consejo que acumula un importante poder. No es de recibo que se les asigne un tercio de los vocales cuando su presencia regional roza el 1%, por más que sea más elevada en términos de empleo y facturación. Es cuestionable que se está dejando fuera al medio rural en un ejercicio de desprecio a ese ámbito que deja en cuestión las declaraciones oficiales de compromiso con este sector.

El grado de indefinición sobre el funcionamiento de ese Consejo, o sobre la posibilidad de existencia de sueldos que ahora no existen y otros asuntos sin clarificar que se aparcan deberían concretarse en la ley para no dejarlos al arbitrio del caciqueo y falta de transparencia que implican las ambigüedades normativas.

El proyecto de ley de Cámaras obvia sorprendentemente las funciones público-administrativas de estas entidad y se limita a asumir la ley básica estatal. No obstante hay errores en la composición y funciones de ese consejo que es necesario corregir en el trámite parlamentario, de la misma manera que resulta esencial precisar cómo se van a repartir los fondos, con qué criterios y de qué forma se va a decidir. Hay errores y demasiadas indefiniciones que dejan a las cámaras al albur de un consejo cuya composición no es representativa de la estructura empresarial de la Comunidad.

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