Dos años y medio de cárcel a Victorino Alonso por destruir 210 hectáreas de espacio natural
El tribunal ve probado el delito natural y contra el medio ambiente en El Feixolín y el empresario minero tendrá que pagar la restauración del cielo abierto e indemnizar a Arias Tronco con 135.600 euros

Victorino Alonso, a su llegada a la última sesión del juicio, en una imagen de archivo.-ICAL
La explotación de 210 hectáreas durante 13 años de la mina de carbón a cielo abierto de El Feixolín, situada en un paraje protegido por la Red Natura en el municipio leonés de Villablino, sin disponer de las licencias oportunas, tiene consecuencias penales para Victorino Alonso.
La Audiencia Provincial de León acaba de condenar al empresario minero a dos años y seis meses de cárcel por «un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, con la concurrencia de responsabilidad criminal, de dilaciones indebidas», señala el auto que remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León al que ha tenido acceso este periódico.
En el escrito de condena, el tribunal leonés, además, le impone a Victorino Alonso el pago de una multa diaria de 15 euros durante diecinueve meses, casi 8.600 euros, y dos años y tres meses de inhabilitación especial para el desempeño de funciones de administración, dirección o gerencia de cualquier empresa de extracción o tratamiento de minerales, según detalla la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de León.
El empresario minero tendrá que hacerse cargo del coste de la restauración del cielo abierto, para lo que deberá satisfacer la cantidad que, según el informe pericial que se emita en el trámite de ejecución de sentencia, se estime necesaria, tanto para restaurar las partes de la mina de carbón El Feixolin que aún no hayan sido acometidas.
Pero no se queda sólo ahí porque Victorino Alonso tendrá también que subsanar, si fuera el caso a criterio pericial, las partes que hayan podido ser incorrectamente restauradas. Un dinero, remarca la sentencia, que, una vez abonado, se pondrá a disposición de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, que la destinará a dichos fines, previo permiso o autorización que legalmente proceda. Conviene recordar que ya en un primer informe del año 2009, la Junta cifró esos importes en 210.000 euros correspondientes al beneficio obtenido por el infractor, así como en 315.000 euros por los perjuicios económicos. Está por ver cuál es la cuantía que se fija ahora en la peritación que se realice.
Estos no serán los únicos pagos que deberá acometer Victorino Alonso porque el auto de la Audiencia Provincial de León determina que el empresario minero pague, en concepto de indemnización a Antonio Arias Tronco, la cantidad de 135.631,1 euros, además de tener que hacer frente a la sexta parte de las costas judiciales. Abonos todos ellos de los que se declara la responsabilidad civil subsidiaria para Minero Siderúrgica de Ponferrada SA y Coto Minero del Cantábrico SA.
«Dilaciones indebidas»
Los tres jueces de la Sección Tercera de la Audiencia tienen en cuenta como atenuante la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal por lo que considera «dilaciones indebidas» del juicio, apreciada como muy cualificada, con el efecto de la rebaja en dos grados de la pena.
El juicio se celebró tras 17 años de diligencias y retrasos, después de que en septiembre del año pasado se suspendiera por última vez debido a que la empresa argumentó una situación de indefensión por no haber recibido los escritos de acusación. La sentencia considera probado que la MSP inició los trabajos de explotación en El Feixolin en el año 1995 y los mantuvo «sin disponer de licencia urbanística, de Estudio de impacto ambiental, ni de licencia ambiental» hasta, al menos, el año 2006. Además, el auto también subraya que la actividad llevada a cabo provocó un «impacto negativo y severo en los ecosistemas del área ocupada por la mina». Cabe señalar que el área donde se situaba la explotación del cielo abierto, que fue denunciado por el empresario hostelero Arias Tronco por medio de su sociedad Narsil SL y por Ecologistas a través de su entonces eurodiputado David Hammerstein, era el espacio natural protegido Alto Sil, incluido en la Red Natura 2000, dentro de los límites de la Reserva de la Biosfera Valle de Laciana y en terrenos de aplicación del plan de recuperación del oso pardo aprobado por la Junta.
Al respecto, el área afectada es conocida como corredor ecológico de Leitariegos y es de gran importancia para la conservación de dos especies amenazadas como el oso pardo y el urogallo, según queda recogido por la propia Consejería de Medio Ambiente en diferentes informes.
Además, cuenta dicho Espacio Natural Protegido con las protecciones adicionales de la Directiva 92/43/CEE de conservación de hábitats naturales, fauna y flora silvestres; la Directiva 79/409/CEE de conservación de aves silvestres, y el Decreto 108/90, de 21 de junio de la Junta de Castilla y León del Plan de recuperación del Oso Pardo y el Urogallo Cantábrico. Estas especies están en peligro crítico debido al asentamiento y ejercicio de la explotación en estos lugares protegidos.
Además, este espacio natural se encuentra protegido mediante las directiva de conservación de hábitats naturales, fauna y flora silvestres, de conservación de aves silvestres y el decrede la Junta del Plan de recuperación del Oso Pardo y el Urogallo Cantábrico. Estas especies están en peligro crítico debido al asentamiento y ejercicio de la explotación en estos lugares protegidos.
Absolución de Murias
De lo que sí se le absuelve al empresario minero es de los delitos sobre la ordenación del territorio y de prevaricación urbanística de los que era acusado. Y lo mismo sucede con José Tascón, que queda absuelto del delito contra los recursos naturales y el medio ambiente y contra la ordenación del territorio, y con el ex alcalde de Villablino, Guillermo Murias, a quien la sala fija su libre absolución del delito de prevaricación urbanística por el que se le acusaba.