El TSJ ratifica una pena de 14 años y 7 meses a un hombre en Burgos por abusos sexuales y prostitución hacia una menor
Reducida a tres años la pena a 'La Rubia' por estar ebria y drogada en los apuñalamientos de Calzada (Salamanca)

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Supeior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado un recurso y confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que condenó a un hombre, S.S.A., de nacionalidad búlgara, a la pena de 14 años y siete meses de prisión como autor de un delito de abusos sexuales continuados a una menor de 16 años, de nacionalidad rumana, junto a los de prostitución y corrupción de menores, y quebrantamiento de condena o medida cautelar.
En este sentido, la sala entiende en su fallo que los hechos declarados probados en la sentencia son, pues, constitutivos de los delitos apreciados contra el acusado que recurrió la sentencia. Los hechos probados recogen que desde junio de 2017 hasta el momento de la detención del condenado el 18 de enero de 2018, había convivido ocasionalmente con la menor en periodos comprendidos entre julio y septiembre de 2017, informa Ical.
Además, se indica que desde el 29 de junio de 2015 la menor estaba bajo la tutela de la Sección de Protección a la Infancia de los Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, en la modalidad de ‘Acogimiento Residencial’ en distintos centros,.si bien al momento de los hechos estaba bajo dicha tutela desde el día 26 de Junio de 2017 en Burgos.
Igualmente, se significó que, además de la edad de quince años, la menor presenta unos factores de especial vulnerabilidad y de dependencia emocional con sus posibles parejas debido a las carencias afectivas vividas en su infancia, presentando una madurez intelectual propia de una niña de doce o trece años y teniendo rasgos pueriles o infantiles en su comunicación con los demás fácilmente apreciables por una persona que estuviese en contacto con ella.
A lo largo de esta relación sentimental, S.S.A. y la menor mantuvieron “relaciones sexuales, consentidas por ambos y completas, con penetración vaginal, teniendo el varón pleno conocimiento que la memor tenía en esa fecha la edad de quince años, al haber sido informado de dicha edad por la madre, las educadoras del centro de acogida y por los profesores del colegio al que asistía a clase”, recoge la sentencia.
Proposición para prostituirse
También se refleja que durante la relación sentimental mantenida el condenado, a sabiendas de que su víctima era menor de edad, le propuso prostituirse, a lo que ésta accedió con el fin de obtener dinero para poder vivir juntos. Con la ayuda del acusado se anunció en una página de internet desde el 27 de agosto hasta 11 de septiembre de 2017, como mayor de edad, adjuntando diversas fotografías suyas y ofreciendo sus servicios sexuales bajo diversos nombres.
Además, el 18 de noviembre de 2017 el Juzgado de Instrucción nº 4 de Burgos dictó un auto de protección a favor de la menor que prohibía a S.S.A aproximarse a la menor a su domicilio, al lugar de trabajo de estudio a una distancia inferior a 500 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, oral, visual o escrito durante la tramitación del procedimiento judicial. Dicho auto fue notificado personalmente al condenado con los apercibimientos legales para el caso de incumplimiento. Pese a ello, de forma consciente y voluntaria, mantuvo diversas comunicaciones y encuentros con la menor y ésta se escapó en tres ocasiones del centro para encontrarse con el condenado siendo localizada y devuelta en las dos primeras.
Rechazada la presunción de inocencia
En definitiva, en base a todo lo expuesto, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL rechaza los motivos alegados en el recurso de apelación de infracción de la presunción de inocencia y de error en la valoración de la prueba. Además, se ratifica la absolución de S.S.A. del delito de maltrato de obra, dentro del ámbito de la violencia de género, ya definido, por el que había sido acusado en la presente causa, declarando de oficio la cuarta parte de las costas procesales devengadas en la causa, incluidas las de la acusación particular.
Tras ser desestimando el recurso de apelación interpuesto y confirmarse la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos, contra el fallo del TSJCyL cabe la presentación de un recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, que podrá prepararse para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
'La rubia'
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reducido a tres años la pena a V.M.G., de 33 años y conocida como 'La Rubia', por tres delitos de homicidio en grado de tentativa, que protagonizó en una pelea en una verbena el 8 de mayo de 2016 en el municipio de Calzada de Valdunciel (Salamanca).
Inicialmente, la Audiencia Provincial de Salamanca la condenó a 19 años y medio de prisión, y a la multa de 22.380 euros, y el TSJCyL ha estimado ahora parcialmente el recurso presentado contra la resolución inicial, ya que "se aprecia en la acusada la eximente incompleta de drogadicción y embriaguez, que sustituye a la atenuante analógica apreciada en la sentencia", según explica el Tribunal en el documento judicial al que ha tenido acceso Europa Press.
Según ya recogía la sentencia inicial, en sus "hechos probados", la joven acudió junto a su novio y otros amigos en la noche del 7 al 8 de mayo a la fiesta de Calzada de Valdunciel en la noche del 7 al 8 de mayo, donde se mostró "muy alterada, hostil y provocadora de gresca y pelea sin motivo alguno".
En torno a las 04.00 horas, en la barra junto al lugar donde tenía lugar la verbena, se chocó con un joven y derramó parte de la bebida, lo que provocó un primer altercado, que terminó con el joven alejándose.
Posteriormente, el agredido se encontró con su hermano y con sus amigos, y todos juntos regresaron hasta que comenzó una nueva trifulca, en la que 'La Rubia', que se había acercado a su coche para coger un cuchillo de unos 14 centímetros de hoja, apuñaló al joven con el que ya había discutido previamente, a su hermano y a un amigo de ambos.
Las heridas fueron varias en cada uno de los casos e, incluso, el amigo de los hermanos tuvo que ser operado de urgencia por una incisión con el arma blanca en la arteria femoral, según el documento judicial.
Posteriormente, la autora de los hechos tuvo que ser atendida por un "desmayo" y durante la atención médica, y posteriormente en dependencias policiales, mantuvo un comportamiento "agresivo" y destrozó distinto material.