Diario de Valladolid

Condenado a 3 años el chófer del bus en el que murieron 9 personas en Ávila

El Juzgado de Lo Penal lo considera «autor criminalmente responsable» de los homicidios

Imagen del accidente de autobús del pasado 8 de julio de 2013.-ICAL

Imagen del accidente de autobús del pasado 8 de julio de 2013.-ICAL

Publicado por
Antonio García

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Transcurridos cuatro años y tres meses de aquel fatídico 8 de julio de 2013, en el que nueve personas murieron y otras 22 resultaron heridas de diversa consideración en un accidente de autocar en Tornadizos de Ávila, el juez del Juzgado de lo penal de Ávila ha condenado a tres años y dos meses de prisión a Ramón G.S., conductor del vehículo siniestrado.

Y lo ha hecho tras considerarle «autor criminalmente responsable» de nueve delitos de homicidio por imprudencia grave y otros trece delitos de lesiones por imprudencia grave igualmente.

El fallo coincide en lo sustancial con la pena solicitada en su día por el fiscal, quien en sus conclusiones del juicio celebrado a mediados del pasado mes de junio, rebajó de cuatro a tres años y dos meses de prisión la petición de prisión, teniendo en cuenta la atenuante de «dilación extraordinaria e indebida en la tramitación de un procedimiento» cuya instrucción finalizó en mayo de 2014. Esta circunstancia ha sido tenida en cuenta por el juez en esta sentencia contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de diez días.

Además de la pena de cárcel, el magistrado impone al conductor la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo, privándole del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante cuatro años y seis meses, tal y como solicitó el ministerio público.

Respecto a la responsabilidad civil, Ramón G.S y la compañía aseguradora, MM Globalis y Mutua Madrileña, deberán indemnizar «directa, conjunta y solidariamente» a tres personas con un total de 89.383,10 euros. El resto de las víctimas y sus familias ya recibieron las correspondientes compensaciones que según el fiscal delegado de Seguridad Vial de Ávila, Óscar Barrios, pueden haber rondado los 800.000 euros.

Respecto a la sentencia conocida ayer, Barrios se mostró satisfecho, ya que en lo fundamental coincidió con sus pretensiones, aunque lamentó que el procedimiento se haya dilatado durante más de cuatro años. Por otra parte, la empresa titular o propietaria del autocar siniestrado, Cevesa, tendrá que indemnizar de forma subsidiaria a esas mismas tres personas por la misma cantidad, si la compañía aseguradora no pudiera hacerlo, que no es lo habitual, según el fiscal.

Asimismo, la sentencia ha absuelto «de cualquier responsabilidad civil subsidiaria derivada del delito» a la Junta de Castilla y León «con todos los pronunciamientos favorables».

En el fallo, tras escuchar al conductor y a varios testigos el juez deduce «de una forma meridianamente concluyente» que Ramón G.S. tuvo una conducta «gravemente imprudente» y de «abstracción total de la actividad de conducción del autobús», aunque no habla de los episodios de microsueños a los que aludía el fiscal.

Tomando como base la prueba testifical-pericial, el juez no tiene dudas de que el conductor «omitió una conducta de prevención del riesgo, emanando como consecuencia el desarrollo del siniestro».

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