Diario de Valladolid

ÁVILA

Rebajan a 2 años la pena al conductor del microbús en que murió una joven

La Audiencia Provincial entiende que se produjeron dilaciones indebidas en la emisión del fallo

Accidente de un autobús escolar en la localidad abulense de Villanueva del Aceraltes en 2012.-ICAL

Accidente de un autobús escolar en la localidad abulense de Villanueva del Aceraltes en 2012.-ICAL

Publicado por
Antonio García

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La Audiencia Provincial de Ávila ha rebajado a dos años de prisión y cuatro de privación del derecho a conducir a Germán Florentino de la Vega Holgado, el conductor del microbús escolar siniestrado el 23 de febrero de 2012 en Villanueva del Aceral (Ávila), en el que una joven de 16 años perdió la vida y otros diez pasajeros resultaron heridos.

Este fallo en apelación se produce apenas cuatro meses después de que el Juzgado de lo Penal condenara a De la Vega Holgado a tres años y siete meses de cárcel y cinco años y seis meses de privación del derecho a conducir, al ser considerado responsable de «un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción temeraria (…) en concurso con un delito de homicidio imprudente y siete delitos de lesiones imprudentes».

Según ha explicado a este periódico el fiscal responsable de Seguridad Vial, Óscar Barrios, este pronunciamiento se produce a raíz del recurso de apelación presentado por el abogado de la defensa tras el fallo emitido el pasado 9 de junio por la juez Isabel Blanco León, un año y medio más tarde de que el 2 de diciembre de 2014 concluyese el juicio.

El propio Barrios ha explicado que la reducción de la pena se produce al entender el juez que se produjeron «dilaciones indebidas» desde que se produjeron los hechos, hasta que se dictó la sentencia. No obstante, el fallo de la Audiencia Provincial hace referencia a una demora de 545 días, una cifra que sólo podría hacer referencia al tiempo transcurrido entre la finalización del juicio en diciembre de 2014 y el fallo en junio de 2016, ya que no se produjo demora en la instrucción.

Una de las cuestiones más destacadas de estas sentencia es que, tal y como explica Óscar Barrios, la pena de dos años de prisión supone que «las posibilidades de que el conductor no entre en prisión son mayores, porque cabe la suspensión de la ejecución de la pena», una circunstancia que con los tres años y siete meses iniciales «no cabría».

El fallo conocido ayer también supone una modificación «en parte» la cuantía de las indemnizaciones, a la vez que mantiene la responsabilidad civil de la Junta.

Durante el juicio oral, el fiscal de Seguridad Vial sostuvo que en la ruta escolar entre Muñosancho y Arévalo se produjo una «conducción temeraria» por parte del condenado. Una calificación que Óscar Barrios llegó a decir que incluso pecaba «de benévola». Aludiendo al informe de los peritos, apuntó que el chófer superó ampliamente durante casi todo el recorrido la velocidad máxima establecida y se saltó cinco señales de stop.

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