JUICIO CRIMEN ISABEL CARRASCO
El juez admite la querella del fiscal contra Guerrero por obstrucción
El juez de ‘caso Carrasco’ entendió que no había delito y despachó su ‘fuga’ con multa de 1.000E
El abogado Fermín Guerrero, al día siguiente de su desaparición.-ICAL
Fermín Guerrero, el abogado de la policía local, Raquel Gago, condenada por el asesinato de la presienta de la Diputación y del PPde León, Isabel Carrasco, tendrá que pasar delante de un juez y explicar su ‘fuga’ para defenderse de la querella por obstrucción a la justicia que interpuso el fiscal contra él y que la jueza de Instrucción número 2 de León admitió ayer a trámite.
El letrado deberá justificar su ausencia, durante más de 20 horas, que provocó la suspensión de una sesión del juicio por el crimen de Isabel Carrasco.
Una incomparecencia que el magistrado y presidente del jurado del caso Carrasco, Carlos Álvarez, despachó en la sentencia con apenas una multa de 1.000 euros: 50 días con una cuota diaria de 20 euros.
El juez abrió una investigación por su incomparecencia ante la Sala aquel día, pero la limitó al ámbito disciplinario, a una «falta disciplinaria en su actuación forense».
Carlos Álvarez tampoco dedujo testimonio, como había solicitado el fiscal, Emilio Fernández, al entender que no había lugar porque no existía delito y aceptó como válidas las explicaciones que sólo a él le proporcionó Fermín Guerrero y que nadie más conoce.
Una justificación que el fiscal exige que se de a conocer a todas las partes implicadas en el caso porque está convencido de que «debe una explicación a la Sala y a toda la sociedad».
El propio magistrado aseguró en el fallo judicial que las razones que motivaron su incomparecencia respondían a una cuestión del ámbito «personal». Una consideración con la que discrepa el fiscal y que motiva esta querella. «Es algo que nos ha afectado a todos y todos deberíamos saberlo», indicó el pasado 31 de marzo, cuando presentó el escrito ante la oficina de reparto del juzgado.
Guerrero se enfrenta a un delito tipificado en el artículo 463 del Código Penal, que habla de la incomparecencia en un juicio con acusados en prisión preventiva «sin causa justificada».
Pese a desconocer su motivación, la Fiscalía de León entiende que sus argumentos no son suficientes para justificar que no apareciera el miércoles 27 de enero a la vista oral puesto que hasta el juez, pese a no ver delito, «no se dio por satisfecho y le impuso una multa».
El representante del Ministerio Público considera que los actos del letrado de Raquel Gago responden, sin lugar a duda, a esa calificación jurídica y estima que si sus razones fueran claras, el juez no le hubiera impuesto sanción alguna.