Diario de Valladolid

CONSEJO DE GOBIERNO

La Red de Protección a las Familias llegará a 8.000 personas más al compatibilizar y rebajar los requisitos a las ayudas

Perceptores con un subsidio por debajo de la renta de ciudadanía la puedan completar con ésta y la prestación se cobrará al mes siguiente de la solicitud

La vicepresidenta y portavoz de la Junta de Castilla y León, Rosa Valdeón, y la consejera de Familia, Alicia García, comparecen en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Gobierno.-ICAL

La vicepresidenta y portavoz de la Junta de Castilla y León, Rosa Valdeón, y la consejera de Familia, Alicia García, comparecen en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Gobierno.-ICAL

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ICAL

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La Red de Protección a las familias afectadas por la crisis llegará a 8.000 personas más con las medidas normativas de compatibilidad entre prestaciones laborales y sociales, como la renta garantizada de ciudadanía, y con la flexibilización de las exigencias en el cómputo de patrimonio para acceder a las mismas, además se reduce de tres a un mes el plazo para el cobro del subsidio una vez presentada la solicitud.

La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Alicia García, detalló el contenido del Decreto-Ley de medidas extraordinarias, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, con las que se potencia la Red de Protección a las Familias conforme a lo acordado en el seno del Diálogo Social y a las recomendaciones del Procurador del Común, lo que supondrá 14 millones de euros más sobre lo presupuestado.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Alicia García explicó que las medidas extraordinarias, en vigor a partir de mañana, aunque el Decreto-Ley deberá ser convalidado por las Cortes, afectan a las prestaciones de la Red dirigidas a atender necesidades básicas de subsistencia como la renta garantizada de ciudadanía, la prestación económica para necesidades básicas en situaciones de urgencia social o la relativa para hacer frente a situaciones de deuda hipotecaria.

La nueva normativa, que se desarrollará como proyecto de ley más adelante, establece los supuestos de compatibilidad entre prestaciones de trabajadores en paro, como el subsidio por desempleo, Programa de Renta Activa de Inserción (RAI), Programa de activación para el Empleo (PAE), Programa Personal de Integración y Empleo (PIE) o Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) con la renta de ciudadanía.

García explicó que si un perceptor de una de esas prestaciones laborales no llega a los 426 euros de la renta de ciudadanía o a lo que le correspondería en función de su capacidad económica se complementa con esa ayuda social, como planteó el Procurador del Común y los agentes del Diálogo Social.

También se amplía la misma compatibilidad de prestaciones de la Red con otras sociales que antes no lo eran, como la percepción por la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o paternidad y por riesgo durante el embarazo; por incapacidad temporal durante el desarrollo del trabajo y por hijo al cargo.

Por otro lado, se flexibilizan y rebajan requisitos para el acceso a las prestaciones, en especial las relativas al cómputo de ingresos, bienes y patrimonio de los solicitantes. Para el reconocimiento de una prestación a los trabajadores por cuenta propia, se computará el 50 por ciento de la base de cotización a la Seguridad Social cuando los ingresos sean inferiores a esa cuota.

En los casos en los que se tenga en cuenta el patrimonio se exceptuarán del cómputo los bienes rústicos ubicados en localidades que cuenten con menos de 5.000 habitantes, y en supuestos de bienes urbanos, cuyo valor catastral sea inferior a 12.000 euros, se evaluará el 50 por ciento del mismo. Cuando la propiedad sea heredada y con varios copropietarios ajemos a la unidad familiar, se excluirá del cómputo cuando el valor catastral de su parte sea inferior en dos anualidades al 80 por ciento del IPREM.

Además, se reconoce el derecho y el devengo del mismo desde el mes siguiente a producirse la solicitud, en lugar de los tres meses actuales. Al mismo tiempo, se reduce a un mes el periodo de suspensión de la prestación cuando no se renueve el alta como demandante de empleo. También habrá una reanudación automática de la percepción una vez finalizada la actividad laboral por la que se percibía un ingreso.

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