TRIBUNALES
Once años de cárcel para un hombre por agresión sexual a una menor "vulnerable" a la que conoció por Instagram en Valladolid
El procesado llegó a tener hasta tres citas con la víctima pese a saber que tenía 14 años, sin mostrar reparo al delito
Audiencia de Valladolid donde se juzgarán los hechos.
La Audiencia de Valladolid impone una condena de 11 años de cárcel a un hombre que mantuvo diversas relaciones sexuales con una menor de 14 años a la que conoció por Instagram. La víctima, definida como una "niña vulnerable" por la Sección Cuarta de lo Penal al padecer una minusvalía del 47% y baja autoestima por sus problemas alimenticios, familiares y sociales, aceptó esos encuentros por temor a perder la amistad con el condenado, quien sabía de la ilicitud de mantener relaciones sexuales con menores de 16 años.
La relación entre el procesado y la víctima se remonta al año 2021, cuando él -con 20 años en ese momento- contactó con ella cuando tenía 11 años a través de Instagram, aunque no queda constado que inicialmente se dijeran sus respectivas edades. No fue hasta el mes de septiembre de 2023, y tras la insistencia del acusado de quedar en persona, cuando la menor accedió a verse en persona, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
En esa primera cita, el joven acompañó a la chica a la puerta de su colegio en Valladolid, momento en el que el primero advirtió que tenía menos de 16 años y la dio un beso cuando se despidieron. Ya en la segunda ocasión que volvieron a verse, en noviembre de 2023, el acusado, ya consciente de la edad de la menor, besó a la niña y le acarició los glúteos y los pechos por debajo de la ropa con el consentimiento de ella, proponiéndola mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó por darle vergüenza hacerlo en público.
Tras lo sucedido, ambos siguieron manteniendo contacto por Whatsapp e Instagram hasta que, en marzo 2024 y cuando ella tenía ya 14 años, tuvieron su primera relación sexual en el domicilio del acusado. Una relación que se produjo sin preservativo, pese a que ella declaró que había pedido que se lo pusiera, y que supuso la perdida de la virginidad de la menor.
Unas semanas más tarde, de nuevo en el salón del domicilio del procesado, se repitieron las relaciones sexuales con consentimiento en las que, no obstante, hubo penetración vaginal, oral y analmente sin preservativo, con caso omiso de él para su uso. Al respecto, la menor no encontraba placenteras los actos sexuales, pero las aceptó por no perder la amistad con el procesado. Y es que ella, según prueba la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, padece unos problemas de baja autoestima de los que era consciente el acusado, repercutiendo estos hechos en su problemática psicológica.
No fue hasta el 27 de abril de 2024 cuando se produjo un nuevo y último encuentro, en esta ocasión en casa de la víctima, donde ambos volvieron a mantener relaciones sexuales, idénticas que en la cita anterior.
Sobre el procesado, consta que presentaba dificultades para establecer vínculos presenciales con mujeres, con indicios de inmadurez psicosocial, y que eludió decir la edad a la menor después de que ella preguntara de manera insistente. Al respecto, reconoció que conocía la edad de la víctima cuando mantuvieron las primeras relaciones sexuales, manifestando ella tener 14, y aún así el procesado continuó con el acto. Por otra parte, no mostró reparo en reconocer que sabía de la ilicitud de mantener relaciones sexuales con menores de 16 años.
Pese a no mostrar arrepentimiento, el procesado suplicó a la madre de la víctima no ser denunciado y a la menor mandó fotos de unas pastillas insinuando que se iba a suicidar.
En su sentencia, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia vallisoletana impone 11 años de prisión al acusado por un delito de agresión sexual continuada con penetración a menor de 16 años, además de la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima su domicilio y lugar de estudios y comunicar con ella por cualquier medio durante 12 años; inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un periodo de dieciséis años; 8 años de libertad vigilada, para su cumplimiento después de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, así como el pago en favor de la menor de una indemnización de 15.000 euros por los daños ocasionados y al Sacyl con otros 101,41 euros por los gastos de asistencia dispensados.