TRIBUNALES
El juicio a un funcionario de Hacienda que endosó una deuda a una examiga por venganza se traslada a Palencia
El tribunal mueve el caso de Valladolid a Palencia al percatarse de que los hechos de manipulación de datos se habían realizado desde esta última ciudad
La Audiencia de Valladolid ha decidido inhibirse en su homóloga de Palencia en el caso del funcionario de la Junta acusado de presentar en 2021 la Declaración de la Renta de una mujer que mantenía mala relación con su pareja haciendo constar que debía de ingresar al fisco más de 4.000 euros, cuando en realidad Hacienda tenía que devolverle más de 400 euros.
La suspensión del juicio que tenía previsto celebrar este lunes la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid se ha producido al percatarse el tribunal de que los hechos objeto de la presente causa se habían producido en Palencia, con lo que, también de conformidad con el fiscal del caso, ha resuelto inhibirse y remitir todo lo actuado a la Audiencia palentina para que sea ésta la que celebre el correspondiente juicio, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
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Íñigo Arrúe
El banquillo será ocupado por David R.A, quien se expone a una condena de cuatro años y medio de cárcel y su inhabilitación absoluta por espacio de siete años como autor de un delito del artículo 198 del Código Penal (delito contra la intimidad, el derecho a la propia imagen e inviolabilidad del domicilio) en concurso medial con otro delito de falsedad en documento oficial.
El acusado ocupaba, desde su toma de posesión el 15 de marzo de 2021, el puesto de jefe de Sección de Control Tributario en el Servicio Territorial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta en Palencia y participaba en la campaña de la Renta que se desarrollaba en dicha administración.
El funcionario había tenido una relación de amistad con una mujer que había acudido anteriormente a él para que le ayudara a elaborar la Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, para lo cual le facilitaba los datos fiscales correspondientes a cada ejercicio.
Sin embargo, dicha relación cambió en 2021 debido a la ruptura total de la amistad motivada por las desavenencias que, en el ámbito laboral, se produjeran entre dicha mujer y la pareja del acusado, quien, supuestamente con afán de venganza, elaboró una declaración de ampliación correspondiente al ejercicio de 2020, sin conocimiento de la perjudicada, en la que alteró los datos para hacer constar que debía ingresar la cantidad de 4.062 euros.
Para ello, siempre según la tesis del fiscal, el funcionario utilizó el ordenador de su puesto de trabajo que le permitía tener acceso a la página de la Agencia Tributaria. Así, se habría conectado el día 10 de junio de 2021 durante cinco minutos, entre las 08.40 y las 08.45 horas, con la identidad de la víctima (ya que disponía de su copia del DNI y otros datos personales) y envió a la Agencia Tributaria la declaración confeccionada.
La afectada ya había presentado su declaración vía internet el 25 de mayo de 2021 correspondiente al ejercicio de 2020, de la que resultaba una devolución de 43,52 euros, si bien tuvo conocimiento de la maniobra del acusado cuando se cargó en su cuenta, el 30 de junio, la cantidad de 4.494,50 euros correspondiente a la suma de la supuesta deuda tributaria y la devolución solicitada por ella que, con los nuevos datos, resultaba indebida. Finalmente, la Agencia Tributaria, tras la reclamación efectuada, procedió a reintegrar a la víctima ambas cantidades.