Diario de Valladolid

CASO ESTHER LÓPEZ

La Audiencia de Valladolid rechaza la declaración como testigo de la hermana de Esther López

Varapalo juicial a al Fiscalía al considerar la Sala que el testimonio de Inés López "no aportaría nada a la causa"

El tribunal descarta además la prueba pericial sobre la personalidad del único investigado al ser también "irrelevante"

Inés López, la hermana de Esther López en una imagen de archivo en el Juzgado el día de la declaración de Óscar S.

Inés López, la hermana de Esther López en una imagen de archivo en el Juzgado el día de la declaración de Óscar S.PHOTOGENIC

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Varapalo ju dicial a la Fiscalía de Valladolid en el caso Esther López, al rechazar la sala los dos recursos presentados. El primero de ellos tiene que ver con petición de la declaración como testigo de Inés López, la hermana de la joven de Traspinedo desaparecida la madrugada del 13 de enero de 2022 y cuyo cadáver era encontrado el 5 de febrero de 2022 por un fontanero venido de Salamanca en la cuneta de la carretera de acceso a Traspinedo.

La Audiencia Provincial de Valladolid rechaza que la hermana declare como testigo, ratificando así la decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid, que investiga la desaparición y muerte de Esther López, y descartando el recurso del Ministerio Público. Además, desestima la petición de la fiscal y tampoco permite la prueba pericial sobre la personalidad del único investigado Óscar S. M.

La Sala respalda así a la magistrada instructora, remarca el comunicado remitido por el TSJ de Castilla y Leéon, en una resolución en la que considera que "el derecho a la práctica de diligencias de prueba no es absoluto, ni incondicionado, con lo que, también en fase de instrucción, debe hacerse análisis de la pertinencia de las mismas, de cara a la fase de enjuiciamiento, si procediera, o a otras resoluciones definitivas".

El tribunal confirma así íntegramente la resolución del Juzgado de Instrucción 5, que en enero pasado rechazaba practicar estas dos diligencias pedidas por la Fiscalía que dirige Soledad Martín Nájera. Y lo argumenta. En lo que tiene que ver con la declaración de la hermana de la joven muerta, la Audiencia ratifica lo dicho ya por la magistrada instructora al considerar "innecesaria su declaración, toda vez que los citados no tienen la condición de testigos presenciales ni de referencia y obra en las actuaciones la minuciosa declaración de la hermana de la fallecida por lo que nada nuevo ni relevante aportaría a la instrucción de la causa".

La Titular del Juzgado de Instrucción rechazaba también en enero, en una decisión ahora avalada por la Audiencia, realizar un informe sobre la personalidad del investigado "por resultar irrelevante a los fines de la instrucción", ya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo "determina que la verosimilitud de un testimonio le corresponde practicarla al juzgador, salvo que se trate de personas mayores de edad con patología psiquiátrica previa o menores de edad, circunstancias que no concurren en el investigado”.

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