Diario de Valladolid

Condenado a tres años un vecino de Arroyo detenido con 101 gramos de 'anfetas'

El varón deberá pagar una multa de 5.000 euros y durante el juicio, se declaró politoxicómano, consumidor de sustancias tales como la anfetamina y la ketamina desde hace cinco años

Fiscalía mantiene la petición de cuatro años para el vecino de Arroyo detenido con 101 gramos de 'anfetas' - EUROPA PRESS

Fiscalía mantiene la petición de cuatro años para el vecino de Arroyo detenido con 101 gramos de 'anfetas' - EUROPA PRESS

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La Audiencia de Valladolid ha impuesto una condena de tres años y dos meses de prisión y multa de 5.000 euros a A.C.P , el vecino de Arroyo de la Encomienda detenido en marzo de 2022 cuando circulaba en un turismo en cuyo interior la Policía Local le ocupó 101 gramos de anfetaminas.

En su sentencia, el tribunal justifica la condena--el fiscal había pedido cuatro años y 6.000 euros--en la convicción de que la anfetamina estaba preordenada al tráfico debido a que la cantidad intervenida "excede con mucho la que el acusado pudiera poseer para su propio consumo, y ello a pesar de que en el momento de su detención no se encontró ningún efecto de los que normalmente se relacionan con el tráfico de drogas (papelinas, anotaciones de ventas, básculas de pesaje, elementos de corte o para la división de la droga...)", informa Europa Press.

Durante el juicio, el ahora condenado se declaró politoxicómano, consumidor de sustancias tales como la anfetamina y la ketamina desde hace unos cinco años, a razón de dos gramos diarios, y explicó que cuando fue interceptado el coche por una patrulla de la Policía Local acababa de llevarse de casa una consola y otros efectos tras tener una agria discusión con su entonces pareja.

Los dos policías que le detuvieron relataron que acudieron al domicilio de la pareja tras recibir un aviso de que se había producido una discusión y que la mujer había protagonizado un intento de suicidio con un cuchillo, si bien no llegaron a acceder al inmueble al encontrarse al acusado cuando éste abandonaba el lugar a bordo de un vehículo.

Los agentes identificaron a A.C.P. para interrogarle sobre la trifulca y fue entonces cuando, al verle "muy nervioso", registraron el turismo, comprobaron que carecía de carné de conducir y localizaron la sustancia ilegal, con la particularidad de que para el pesaje de la misma los funcionarios tuvieron que acercarse a una ferretería para comprar una "báscula normal de cocina".

"La que teníamos era muy pequeña y la droga no cabía en ella", justificó uno de los policías, quien añadió que la báscula utilizada arrojó un peso neto de unos 208 gramos brutos de anfetamina, cerca de ocho menos del pesaje que más tarde certificaría la máquina oficial empleada en el Área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno.

En su informe de conclusiones, el fiscal del caso consideró que existe prueba "plena directa" de que el ocupante del banquillo era autor de un delito de posesión de sustancia destinada al tráfico, fundamentalmente por la cantidad neta localizada, un total de 101 gramos, "notoriamente superior al consumo habitual", y rechazó aplicar al joven una posible atenuante derivada de su toxicomanía al entender que no había quedado acreditado que esa adicción le condujo a cometer el delito.

En el bando contrario, la defensa del encausado mantuvo su petición absolutoria por "falta de pruebas " y tras recordar que la inicial detención de su cliente tuvo su origen en una discusión de pareja, una mujer que también consumía droga.

Por ello, el letrado trató, sin éxito, de sembrar la duda al tribunal sobre el hecho de que la sustancia pudiera pertenecer a la novia o incluso a la pareja para su propio consumo, planteamiento que fundamentó también en el hecho de que su patrocinado carece de antecedentes por tráfico de drogas y en otras claves importantes como que los policías no hallaron al joven ni dinero fraccionado, ni báscula, ni anotaciones de supuestos clientes.

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