Diario de Valladolid

Condenado a seis meses de prisión la ex pareja de la mujer que se arrojó por la ventana en Las Delicias por incumplir el alejamiento

Sobre el varón pesaba la prohibición de aproximarse a su pareja a una distancia inferior a 500 metros respecto de su domicilio y lugar de trabajo y a comunicarse con ella por cualquier medio

Calle Algeciras en Valladolid.-E. M.

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha impuesto una condena de seis meses de prisión -el fiscal había pedido un año- al joven de 28 años, Ch.A.G, por incumplir una orden de alejamiento de su pareja, W.E.R, de 31 años, quien horas después falleció tras arrojarse por la ventana de su domicilio en el barrio de Las Delicias . En su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado, aun cuando no considera acreditado que viviesen juntos desde este pasado verano, si entiende probado que el día de los hechos, la tarde del día 20 de septiembre, "plenamente consciente del contenido y de la duración de la referida prohibición y siendo conocedor igualmente de las consecuencias de la misma, se acercó al bar 'Que Hierva', sito en el número 2 de la calle Padre Claret, entabló una conversación con su ex y se marchó con ella hacia el domicilio".

"Si la mujer no se encontraba bien, si su salud mental estaba comprometida, si tenía a su cargo a un menor o si había consumido alcohol en exceso, la ayuda debió obtenerse de otros familiares o amigos (que los había) . No se puede aceptar como algo inevitable que la única asistencia tuviera que provenir precisamente de quien tenía una pena que le prohibía acercarse y comunicarse con la fallecida", avierte el juez.

En consecuencia, el fallo condenatorio, que será recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial, establece que el acusado "ha despreciado la orden judicial de alejamiento que se le impuso y, por ello, ha cometido el delito que está tipificado en el artículo 468.2 del Código Penal, y lo ha cometido sin que mediara error invencible o vencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción

criminal".

Durante el juicio, el acusado negó que siguiera conviviendo con la víctima y aseguró que sus contactos, tras la orden de alejamiento que le impedía acercarse a su ex o comunicar con ella, se ceñían exclusivamente a atender sus peticiones de ayuda económica , ya que de lo contrario se ponía "agresiva".

Sobre el día de los hechos, Ch.A.G. explicó que la tarde del 20 de septiembre acudió al bar 'Que Hierva', en el número 2 de la calle Padre Claret, después de que la camarera del local le llamara por teléfono para pedirle que abonara unos 25 euros en copas que su expareja había consumido.

Sostuvo que pagó la deuda y que se ausentó del bar, si bien más tarde volvió a recibir una nueva llamada de la trabajadora del local para alertarle de que veía "triste" a la mujer y pedirle ayuda para acompañarla a casa, toda vez que W.E.R, se encontraba acompañada de su hijo, de 9 años.

Volvió nuevamente al bar y, según precisó, llamó por teléfono al primo de la mujer y la acompañó a distancia tanto ella como a su hijo, que portaba un patinete, para cerciorarse de que efectuaran el trayecto sin contratiempo a casa, un tercero sito en el número 6 de la calle Algeciras, en el barrio de Las Delicias, sin tener más contacto ni subir al domicilio , donde horas después su ex perdió la vida tras precipitarse desde una ventana del inmueble.

También testificó la camarera del establecimiento y la madre de la fallecida, quien ratificó que el acusado no convivía con su hija y confirmó también que la ayudaba económicamente, tanto en el pago del alquiler del piso en el que vivía con su hijo y un primo como de la fiesta de cumpleaños del menor , que precisamente cumplía 10 años al día siguiente.

El ahora condenado, cuya letrada solicitó una sentencia absolutoria, contaba, por sentencia de conformidad de fecha 30 de marzo de 2022 del Juzgado de lo Penal 2, con una prohibición de aproximarse a su pareja a una distancia inferior a 500 metros respecto de su domicilio y lugar de trabajo y a comunicarse con ella por cualquier medio por un periodo de dos años como autor de sendos delitos de maltratado en el ámbito familiar.

Además, el varón había sido condenado ya, el 3 de mayo de 2022, a ocho meses de prisión por el Juzgado de lo Penal 3 de Valladolid por un delito de quebrantamiento de condena, pena que había quedado suspendida por espacio de dos años.

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