Diario de Valladolid

El juez condena a las dos hermanas a un año de libertad vigilada por la agresión a un niño de 10 años en Arturo Eyries

La fiscalía retiró la acusación a la menor de las acusadas, pero el magistrado le incluye en la pena y además considera que fueron lesiones con instrumento peligroso / El menor recibe 9.148 euros de indemnización por los daños y perjuicios causados

Familiares del niño tras el juicio celebrado el pasado 5 de junio. -E.M.

Familiares del niño tras el juicio celebrado el pasado 5 de junio. -E.M.

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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La sentencia del Juzgado de Menores por la agresión de dos conflictivas hermanas marroquíes de 17 y 15 años (cuando ocurrieron los hechos) sobre un menor de 10 años  a las puertas del colegio Jorge Guillén de Arturo Eyríes, el 6  de junio de 2022, ha recogido básicamente más la tesis de la acusación particular que la de la Fiscalía de Menores, ya que si ésta última interesó pena solo para la mayor de las dos hermanas , Maryem G. , de 18 años en la actualidad, por una lesión en el grado más leve, el juez José Fernando de Castro Villar, ha ampliado la condena a su hermana de 16 años en la actualidad. Y lo ha hecho por el delito más agravado de lesiones , el recogido en el artículo 148.1 y 2 del Código Penal. Un artículo que agrava el concepto de golpear a alguien “si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado, o 2, si hubiere mediado ensañamiento o alevosía”. Hay que recordar que las hermanas atacaron por detrás al niño con el palo de una cortina rematado con una borla metálica . Le pegaron tan fuerte que se desmayó, soltando borbotones de sangre por el cuero cabelludo.

Tras el juicio celebrado el pasado 5 de junio, con gran decepción de los padres del niño Mario, por la “escasa” petición del fiscal, ahora el juez ha devuelto el ánimo a los familiares del menor agredido. El letrado de la familia, Jesús Sebal , reconoció su satisfacción por el hecho de que el juez haya ampliado la condena a la hermana menor, que, como la primogénita y la hermana pequeña de ambos -la que estaba en clase con el niño agredido- se mudaron tras los hechos de Arturo Eyries para evitar posibles represalias .

La sentencia, en concreto, declara a la hermana menor Hafsa G. autora material y a Maryem G. coautora de un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso . El juez impone a Maryem G. una medida de un año de libertad vigilada y prohibición de aproximació n a una distancia inferior a trescientos metros de la persona del menor agredido, en cualquier lugar donde se encuentre, de su domicilio, de su centro de estudios, de los lugares que frecuente, así como la prohibición de establecer con él por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático contacto escrito, verbal o visual, todo ello durante el plazo de dos años .

Impone a Hafsa G. una medida de un año de convivencia con grupo educativo , que se deja en suspenso a condición de que cumpla una medida de un año de libertad vigilada y prohibición de aproximación a una distancia inferior a trescientos metros al menor durante el plazo de dos años. Además, condena a las menores expedientadas, como responsables directas, y a los padres de éstas como responsables solidarios, al pago al niño M.J.F. de 9.147,75 euros y al Sacyl de 101,41 euros , todo ello en concepto de responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados, devengando la segunda de las cantidades el interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Durante el juicio, en la propia sala, se vivieron  momentos de tensión entre los padres de ambas partes , aunque no pasaron de ahí. También a la salida de las acusadas y sus padres, cuando se cruzaron en un pequeño lapso de tiempo con la familia del niño agredido. A las puertas del Juzgado, los allegados del niño M. (sus padres, sus abuelos, sus tíos…) decepcionados por la escasa petición de pena que mantuvo el fiscal en sus conclusiones definitivas no escatimaron en reacciones de lamento y de rabia .

La acusación particular, representada por el abogado Jesús Sebal, solicitó dos años de internamiento para cada una de ellas por un delito de lesiones con instrumento peligroso. Fue un juicio que movilizó como testigos a la directora del colegio, agentes de la Policía Municipal de Valladolid y un testigo de los hechos que medió para que las entonces adolescentes magrebíes cesaran en el ataque al niño. Los policías ratificaron que la pieza percutora tenía restos de sangre del niño Mario cuando intervinieron este adminículo. Algo que han esgrimido en todo momento los familiares del lesionado, ya que recuerdan que tuvo que mediar un varón ajeno a ellos -también citado como testigo- para que las hermanas cesaran en la sarta de golpes en la cabeza y el brazo .

La abogada de las menores,  Joana Pichardo Miranda , señaló a los medios tras el juicio, que “siempre” y “desde el inicio de las investigaciones” han sostenido que solo la hermana mayor fue la causante de las lesiones porque lo hizo en “legítima defensa” , ya que la hermana pequeña de ambas, estaba en el mismo curso que el agredido M. Y, dijo, soportaba de éste episodios de bullying . “Fue una forma digamos no proporcional de contestarle, pero hay que tener en cuenta que fue un acto espontáneo y que lo llevaron a cabo dos menores de edad en el deseo de que el niño cesara en marginar a su hermana pequeña” , indicó la letrada.

Una versión opuesta a la que mantienen los familiares del niño agredido. Sostienen que el 'detonante' fue un balonazo que acabó impactando al azar a la niña en una clase de gimnasia, y que incluso el niño le pidió perdón tras el impacto. Según la familia, las dos hermanas planearon una venganza y la ejecutaron cuatro días después . Aseguran que se ocultaron en unos setos cuando el niño entraba al colegio y fueron a por él con intención de “matarle”.

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