Diario de Valladolid

Condenan a un abogado de Valladolid a 4 meses de cárcel por azotar a su hija de 4 años

El Supremo ve delito, aunque no recibiera asistencia médica, porque fue de ‘gran intensidad’ / El juez Llarena emitió un voto particular a favor de la absolución del acusado al que denunció la madre, personada como acusación

Sede del Tribuna Supremo, que ha ratificado la sentencia condenatoria contra el padre vallisoletano por maltrato a su hija.- J. MARTÏNEZ

Sede del Tribuna Supremo, que ha ratificado la sentencia condenatoria contra el padre vallisoletano por maltrato a su hija.- J. MARTÏNEZ

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 4 meses de prisión por un delito de maltrato para un padre de Valladolid por propinar un fuerte azote en las nalgas a su hija de cuatro años causándole lesiones que no necesitaron de asistencia médica. El alto tribunal sostiene que sí existe delito, aunque la niña no precisara de atención facultativa.

La agresión fue descubierta por la madre de la pequeña cuando el progenitor entregó a la niña y a otro hijo de siete años entonces (los hechos ocurrieron en junio de 2019) al término de su periodo de custodia. Los padres, que están divorciados desde 2016, mantienen un régimen de custodia compartida. Y casi con toda seguridad este maltrato nunca se hubiese descubierto, sino llega la madre a detectar el gran moratón en el glúteo izquierdo de su hija. También percibió otro más tenue en la nalga derecha. 

Fue verlo y automáticamente presentó denuncia contra su ex marido y se personó como acusación particular . Él es abogado ejerciente y ella licenciada en Derecho. El caso llegó a juicio en el Juzgado de lo Penal 1 de Valladolid, órgano que dictó sentencia el 28 de diciembre de 2020 en la que condenó al padre a cuatro meses de prisión por un delito de maltrato en el ámbito familiar .

El condenado interpuso recurso de apelación ante la Audiencia de Valladolid, tribunal que, el 10 de marzo de 2021, desestimó sus alegaciones. Aún siguió peleando por su inocencia ante el Tribunal Supremo, mediante un recurso de casación. La sentencia 582/2022, que acaba de conocerse, sigue en la misma línea que las dos anteriores: ratifica íntegramente el fallo de Penal 1 de Valladolid

La resolución, que también impone las costas al recurrente, solo tiene una posibilidad remota de recurso ante el Tribunal Constitucional, aunque este órgano colegiado debe de admitir antes si en este caso en concreto se ha vulnerado un derecho fundamental del recurrente. 

La Sala de lo Penal del Supremo subraya que «ningún amparo» encuentra en sus criterios jurisprudenciales, “un fuerte azote en las nalgas a una menor de cuatro años, que causa lesiones, aunque no requiera asistencia facultativa, al ser de tal intensidad que deja marcada la mano; tanto más, si el motivo que generó la agresión es meramente que lloraba y no se dormía». 

El pleno desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que confirmó la dictada por un juzgado de lo Penal de la misma ciudad. Además de la citada pena de prisión, le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su hija durante 1 año y 4 meses y el pago de una indemnización de 200 euros

Según los hechos probados, el condenado estaba separado de su mujer y tenía la custodia compartida de sus dos hijos menores de edad . El 8 de junio de 2019, cuando estaban con él en su domicilio, propinó «un fuerte azote» en las nalgas a su hija de 4 años, que no quería dormir y no paraba de llorar. Como consecuencia, la niña sufrió en la nalga izquierda un área equimótica en evolución de 7 por 4 centímetros y en la nalga derecha otra área más tenue de 3 por 2 centímetros, que no precisaron asistencia médica y que curaron en 4 días. La sentencia, ponencia del magistrado Andrés Palomo Del Arco, explica que el recurso incurre en causas de inadmisión puesto que no justifica el interés casacional ni alega contradicción alguna con la jurisprudencia de la Sala o existencia de jurisprudencia contradictoria de las audiencias provinciales. Además, plantea cuestiones nuevas que no se formularon en el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valladolid y sobre las que no pudo pronunciarse la sentencia recurrida, por lo que también deber ser inadmitido. 

La sentencia incluye un voto particular del magistrado Pablo Llarena, al que se adhirió el magistrado Ángel Luis Hurtado, en el que señala que la sentencia recurrida contradice la doctrina de la Sala y que la solución «justa, humana y prudente» era la absolución del acusado, al no ser subsumibles los hechos probados en el tipo penal cuya indebida aplicación se denuncia.

"Tenía la palma de la mano marcada en las nalgas como las de las cuevas de Altamira", afirma la madre

La madre de la niña azotada confiesa que fue ella quien tomó la iniciativa de denunciar. Antes de ver el moratón en el culo, ya tenía informaciones de que el caso podía habérsele ido de las manos a su ex marido . El azote se produjo en la noche del sábado al domingo del 8 de junio de 2019. Y el domingo 9 de junio a las 8 de la tarde él le llamó para decirle que tenía una ‘marquita’ en la nalga producto de un cachete. Le dijo más: "Perdóname, perdóname". 

Se lo comunicó la víspera de llevar a los niños al colegio en una semana en la que ella empezaba sus siete días de custodia. Hubo un segundo aviso de que la agresión fue grave. "Mi hijo mayor de 7 años, ya en el colegio ese lunes, fue a hablar con la tutora. Le comunicó que mamá iba a llamar a la Policía, por el azote del padre a su hermana. Estaba muy nervioso, así que al llegar a casa le levanté la faldita a la niña y vi el moratón ", recuerda la madre. 

"Le vi la palma de la mano perfectamente marcada en los dos glúteos. Se veía tan bien, que se distinguía que era la mano derecha, era como las de la cueva de Altamira. Llamé a mi marido y me aseguró, como arrepentido, que no volvería a pasar y me ofreció la custodia de los dos hijos desde entonces ", agregó la progenitora. 

Dos días después, la madre ya tenía contratada una abogada y se presentó en Urgencias de un hospital para la exploración de la niña y los médicos abrieron, de oficio, un protocolo de malos tratos . Llegó la Policía y la madre fue directamente a  Comisaría a presentar la denuncia.

En todo este proceso la madre ha encajado mal que algunas voces hayan dicho que es demasiada condena por un azote. "A estas personas les pediría que se informasen. El padre tiene antecedentes por impago de pensión durante cuatro años (sentencia del Juzgado de lo Penal 4) y a día de hoy sigue sin pagar. Ni tomo esa decisión en ese momento quizá ahora me estaría arrepintiendo de algo más grave", insistió la madre. 

tracking