Diario de Valladolid

Condenan a un joven a cinco años y medio de cárcel por abusar de un menor de 14

El acusado y la víctima se conocieron mientras jugaban a ‘Pokémon’ por las calles de Valladolid / Consiguió que le enviase fotos desnudo y que en una ocasión le hiciese una felación en un hospital

Una persona juega con su teléfono móvil a Pokémon.-PABLO REQUEJO/PHOTOGENIC

Una persona juega con su teléfono móvil a Pokémon.-PABLO REQUEJO/PHOTOGENIC

Publicado por
Raquel Chamorro

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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid condenó ayer a un joven de 23 años a cinco años y seis meses de prisión por abusar sexualmente de un menor de 16 años, catorce en el momento de lo ocurrido.

Los hechos juzgados sucedieron en la primera mitad del año 2017, cuando el procesado consiguió que el adolescente le enviase fotos desnudo y le hiciera una felación.

En el juicio, oral y público, fueron partes en el procedimiento: el Ministerio Fiscal, como representante de la acusación pública; los padres de la víctima menor, como acusación particular y el acusado.

La Sala condena por la propia conformidad del acusado como autor responsable de tres delitos: de obtención de material pornográfico, abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual sobre un menor de 16 años. Por todo lo considerado, desde la Audiencia se le imponen seis meses de prisión por el primero de ellos, con una inhabilitación especial de 4 años, para cualquier profesión u oficio, «sea o no retribuido», que conlleve un contacto directo o regular con menores.

Cuatro años de prisión por el abuso sexual con acceso carnal, con una inhabilitación de nueve años en cualquier oficio en el que se deba tener contacto con menores. Por último, se le aplica un año de prisión por el tercer delito, anteriormente citado, y su correspondiente inhabilitación de cuatro años para ejercer cualquier oficio que conlleve un contacto regular y directo con personas menores de edad.

Además de estas penas, el condenado no podrá mantener contacto ni aproximarse a menos de 300 metros a la víctima, durante un cómputo de once años. Asimismo, se impone la libertad vigilada en un periodo de 6 años y la realización de un curso de educación sexual, así como la indemnización del damnificado con 9.000 euros por daño moral.

Los hechos se remontan a 2017, cuando la víctima, nacido en 2003, y el acusado, de 1996, se conocieron mientras jugaban con sus teléfonos móviles a Pokémon por las calles vallisoletanas. Tras el primer encuentro, ambos intercambiaron sus números y comenzaron a mantener contacto mediante mensajes vía WhatsApp.

Después de varios meses hablando, el 12 de agosto de 2017, a través de mensajes telefónicos, y en el contexto de un juego de apuestas, el procesado convenció al menor para que le enviara un total de cinco fotografías en que le enseñara los genitales. En el transcurso de la misma conversación, el joven de 21, en aquel entonces, convenció a la víctima para que fuera a visitarlo al hospital en el que se encontraba en régimen de ingreso.

Así, el menor se acercó al complejo hospitalario y, una vez allí, estando a solas en la habitación con el acusado este último le propuso hacerle una felación, hecho que se produjo en el cuarto de baño.

Días después, el condenado continuó presionando a la víctima para que le enviara nuevas fotografías o vídeos de carácter sexual, incidiendo en que mandara un vídeo en el que bailara desnudo. Finalmente, tras varios días de de insistencia, el menor cedió el 4 de noviembre de ese mismo 2017, cuando mandó un vídeo en el que bailaba en calzoncillos delante de la cámara.

El 10 de diciembre de 2017, ambos se citaron en un parque y fue entonces cuando el acusado sujetó al damnificado de forma inapropiada por detrás y, a continuación, le agarró los genitales, zafándose la víctima de manera instantánea.

Por todo esto, el procesado compareciente en el acto del juicio mostró expresamente su conformidad con la acusación frente a él mantenida, respecto a las penas solicitadas, sus accesorias e, incluso, sobre la responsabilidad civil solicitada.

El condenado ya ha ingresado la cuenta de consignaciones en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial la cantidad requerida por el Tribunal de 9.000 euros en concepto de perjuicios morales, canttidad con la que la acusación pública y particular se consideran suficientemente resarcida.

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