Diario de Valladolid

Condenan al militar de Aldeamayor por el asesinato de la joven en Tenerife

Los forenses determinaron «casi imposible» que muriera estrangulada con la manguera de la ducha

El vallisoletano acusado, Félix D. C., durante el juicio.-E. M.

El vallisoletano acusado, Félix D. C., durante el juicio.-E. M.

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Juan González

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Culpable de asesinato. Ese fue el veredicto que el jurado dictaminó contra el militar vallisoletano, natural de Aldemayor de San Martín, Félix D. C. por la muerte de la argentina Lorena Mazzeo en Fuerteventura.

Después de que el acusado declarara en el primer día del juicio, que comenzó este lunes, que mató «por accidente» al estrangular a Lorena con la manguera de la ducha una vez que concluyeron de mantener relaciones sexuales y que ella, tras meterse en la bañera cuando él iba a ducharse para irse, le animara a practicar «ciertos juegos de tipo sadomasoquista» que acabaron con la muerte de la joven argentina, los médicos forenses negaron dicho argumento, según informó Canarias7.

De este modo, los forenses determinaron que en primer lugar, Lorena debió haber perdido la consciencia y luego golpearse con el suelo para, posteriormente, fallecer. Los médicos forenses aseguraron que cuando se estrangula a una persona que se encuentra de pie, como consecuencia a la «falta de oxígeno», lo primero que hace es «desmayarse y caerse al suelo, pero aún con vida. Luego debería seguir siendo estrangulada, durante un lapso de tiempo más, para perder la vida».

Los forenses determinaron «casi imposible» que la víctima muriera estangulada con la manguera de la ducha como reflejó el acusado debido al escaso «tamaño», un metro y medio, de la manguera. Además, los médicos explicaron que la posición del cuerpo de la fallecida no era la común en una caída «tras una agresión de este tipo».

Por ello, el Fiscal ratificó la petición de 20 años de prisión por asesinato e incluyó delito de hurto leve con una multa que ascendía a los 2.259 euros al considerar que los hechos manifestados «no se corresponden» con la declaración del acusado.

Mientras que la acusación particular se adhirió al fiscal, la defensa del acusado solicitó la libre absolución puesto que consideraron que todo fue un «accidente» y, que en caso de que el jurado considerara al acusado culpable, fuera de un «delito de homicidio imprudente».

Finalmente, tras las pruebas de los médicos forenses, el jurado culpó en su veredicto a Félix D. C. de asesinar a Lorena Mazzeo.

En el escrito de Fiscalía, al que tuvo acceso este diario, se sostenía que Félix mantuvo una relación de cliente entre el verano y el mes de octubre de 2016 aproximadamente, con Lorena Mazzeo, la cual prestaba servicios de prostitución además de ejercer su profesión de periodismo.

El 23 de octubre de ese año y tras concertar una cita telefónica media hora antes con la víctima en su domicilio de Puerto del Rosario, el acusado acudió al mismo sobre las 15:15 horas. Previamente, ella le había detallado que se encontraba sola y, una vez allí y después de mantener relaciones sexuales, Félix atacó de forma sorpresiva a la víctima.

Según la Fiscalía, la intención fue la de «acabar con su vida y, en todo caso, aceptando que podía ocasionarle la muerte, la asfixió por estrangulación provocándole su fallecimiento a los pocos segundos».

Para garantizar dicho resultado, «el acusado deliberadamente la estranguló desde atrás, por la espalda, anulando cualquier previsible defensa que la víctima de otro modo, al menos instintivamente, hubiera empleado, dejando su cadáver en el interior de la tina del baño del inmueble», hechos por lo que la acusación pública estimó que eran constitutivos de un delito de asesinato y no de homicidio.

Tras culminar dicha acción y «con la finalidad de evitar ser descubierto», el acusado «se llevó las sábanas de las camas de la vivienda y los preservativos usados, cortó los cables del router y del teléfono y, finalmente, cerró con llave la puerta del domicilio de Lorena Mazzeo», afirmó la Fiscalía.

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