Diario de Valladolid

Reclama 76.000 euros en la Audiencia Nacional al pasar dos años en prisión por un error judicial

Julio M. G. salía con una chica de 14 años cuando se elevó de 13 a 16 años la edad mínima para tener relaciones sexuales / La sentencia absolutoria del Tribunal Supremo es firme

La fachada de la Audiencia Provincial de Valladolid, en una imagen de archivo.-ICAL

La fachada de la Audiencia Provincial de Valladolid, en una imagen de archivo.-ICAL

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Alba Camazón

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La relación de Julio M. G. con una joven de 14 años comenzó siendo legal y terminó en la cárcel de forma preventiva, condenado y absuelto por el Tribunal Supremo. Ahora, reclama 76.120 euros por su estancia durante casi dos años en prisión preventiva (entre el 17 de agosto de 2015 y el 19 de octubre de 2016).

Cuando Julio M. G. inició un «semi-noviazgo» con la menor, reconoce la Audiencia Provincial, estaba permitido. Pero unos meses después, se modificó el Código Penal. Tener relaciones sexuales con una chica de más de trece años dejaba de ser legal, y la barrera se ampliaba hasta los 16 años.

A partir de esa reforma de 2015, las relaciones sexuales con una menor de 16 años se tipifican como una agresión sexual. Tras esta modificación, el hombre, que entonces tenía 29 años, y la menor, mantuvieron dos encuentros con penetración.

La Audiencia Provincial de Valladolid le condenó a cinco años y un día de prisión por un delito continuado de abuso sexual, que el Tribunal Supremo revocó porque el «error invencible» generaba la plena exclusión de la culpabilidad.

Es decir, él creía que su relación estaba permitida a pesar de su prohibición. Un error que el Supremo consideró «invencible» puesto que él no tenía por qué saber que la ley había cambiado, dado que se trata un hombre con fuertes vínculos en su comunidad, sin estudios y no consultaba de forma habitual los medios de comunicación.

Durante el procedimiento ordinario de la Audiencia Provincial, Julio M. G. fue detenido e ingresado en prisión por el Juzgado de Instrucción en agosto de 2015, acusado de un delito continuado de abuso sexual y violación a una menor. La Fiscalía pidió once años de cárcel, y los padres de la menor, 15 años y medio.

La Audiencia Provincial de Valladolid le condenó a cinco años y un día de prisión en junio de 2016. Y en la cárcel permaneció hasta octubre de 2016, cuando recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo.

La Corte absolvió en firme a Julio M. G. de todos los cargos, por lo que ahora, reclama una indemnización por haber estado en la cárcel durante 426 días, acusado de un delito del que se le ha absuelto. El Supremo incluso consideró que este desconocimiento generaba «la plena exclusión de la culpabilidad», refleja la resolución del secretario de Estado de Justicia, a la que ha tenido acceso este diario.

Ahora, solicita una indemnización de 120 euros por cada día de prisión (51.120 euros), otros 15.000 euros por la gravedad del delito por el que estuvo en prisión, otros 10.000 euros por su situación familiar (el sustento económico de su madre enferma y la manutención y pensión de su hijo pequeño). En total, 76.120 euros.

DESESTIMADA

Sin embargo, el secretario de Estado de Justicia, Manuel Jesús Dolz, desestima la reclamación de Julio M. G. porque asegura que no se da el supuesto de «inexistencia objetiva del hecho». «No basta enarbolar la posterior absolución. Los requisitos que se exigen para apreciar el error judicial han de aplicarse íntegramente», señala el secretario de Estado de Justicia, que rechaza esta pretensión de una indemnización para Julio M. G..

Pero ni él ni su abogado se rinden. «La estancia en prisión y la consiguiente e injustificada privación de libertad a mi cliente, por un periodo de dos años, en un asunto en el que la sentencia del Tribunal Supremo determinó que no había existido delito alguno, debe conllevar una reparación por la administración por tan grave e irreparable daño», reclama el letrado de Julio M. G., que ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo, porque considera que se ha lesionado los «legítimos intereses» del hombre, ya absuelto. Un recurso contra la resolución del Ministerio de Justicia que se admitió a trámite el pasado 23 de enero. Continúa así la historia de Julio M. G., que busca justicia tras un error que no cometió.

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