La Fiscalía recurre la absolución de De la Riva por la firma de las comfort letter
El ministerio público solicitó 9 años de cárcel y 27 de inhabilitación para el exalcalde

León de la Riva sale de los juzgados de Valladolid.-J.M. LOSTAU
Entraba dentro de lo previsible y al final la Fiscalía de Valladolid interpuso ayer un recurso de apelación contra la absolución del exalcalde Francisco Javier León de la Riva y de los exconcejales Alfredo Blanco y Manuel Sánchez por el caso de las ‘comfort letter’: los tres avales firmados por el anterior regidor, sin pasar por ningún órgano municipal, que comprometían la devolución por el Ayuntamiento de los 100 millones de euros que le correspondían del préstamo de 400 millones solicitado por la Sociedad Valladolid Alta Velocidad para el soterramiento.
Los tres fueron absueltos por la Audiencia en una sentencia conocida el pasado 30 de julio y ya entonces el alcalde, Óscar Puente, que fue quien decidió llevar el caso a la Fiscalía, avanzó cuál sería su decisión al no ver «recorrido» a un posible recurso. Al final, Puente hizo valer su criterio en la junta de gobierno de Ayuntamiento y no se recurrió, en contra de la opinión de Valladolid Toma la Palabra y Sí se Puede.
Faltaba la decisión del ministerio público, aunque el hecho de pedir una ampliación del plazo para presentar el recurso ya anunciaba lo que ayer se hizo público. La Fiscalía había apuntado mucho más alto que el Ayuntamiento en su petición de condena al solicitar para León de la Riva penas que sumaban 9 años de cárcel y 27 de inhabilitación por tres delitos de prevaricación y otros tres de falsedad documental. Tanto para Blanco como para Sánchez solicitó 24 años de inhabilitación por tres delitos de prevaricación.
El Ayuntamiento, personado como acusación particular en el caso, había pedido tres años de prisión para León de la Riva, además de nueve de inhabilitación, y 7 de inhabilitación para Blanco y Sánchez.
Es por esto por lo que la decisión de la Fiscalía tiene su lógica, aunque de las palabras de Puente sobre las escasas posibilidades de prosperar el recurso parece deducirse que el fallo de la Audiencia está bien atado. Faltan por conocer los argumentos en los que el ministerio fiscal basa su escrito, que ayer no habían recibido todavía las partes.
Puente se limitó ayer a señalar que el Ayuntamiento «llegó hasta donde era su obligación», informa Europa Press. Añadió que no puede ni debe pronunciarse sobre sentencias ni sobre el papel de la Fiscalía, que ha «considerado que debía seguir con el procedimiento».
La decisión de recurrir fue acogida con satisfacción por la portavoz de Valladolid Toma la Palabra, María Sánchez, quien recordó que su formación era partidaria de que el Ayuntamiento también lo hiciera. Para Sánchez, la sentencia de la Audiencia lanza un mensaje equivocado a la sociedad «porque parece que un cargo de responsabilidad puede argumentar que no sabía nada y endeudar enormemente a una ciudad sin responsabilidad».
La portavoz de Valladolid Toma la Palabra, socio del PSOE en el equipo de gobierno, añadió que «hay que recordar que esas cartas tuvieron repercusiones muy importantes en la ciudad» y se mostró convencida de que «si no hubiera sido por esa deuda contraída ilegalmente no se habría condicionado la operación ferroviaria». Aludía la también concejala de Medio Ambiente al préstamo de 400 millones de euros solicitado por Valladolid Alta Velocidad, una deuda que llevó a Puente y al concejal de Urbanismo, Manuel Saravia, a renunciar al soterramiento del tren.
Y recordó también Sánchez que pese a ser la sentencia de la Audiencia absolutoria «se advierte la concurrencia de requisitos objetivos de prevaricación en la actuación del exalcalde, aunque no se pudiera probar que actuaba a sabiendas».
En el fallo emitido por la Sección Segunda de la Audiencia puede leerse que León de la Riva «actuó de forma claramente negligente, con alto grado de ligereza y despreocupación», si bien se añade que no hubo «una intención torticera de perjudicar al Ayuntamiento». Era el resumen para su absolución de los delitos de falsedad documental y prevaricación por haber firmado las tres comfort letter sin contar ni con el interventor ni con el pleno.
Sí que apreció el tribunal la existencia de tres delitos de falsedad por imprudencia grave, aunque en este caso los hechos habían prescrito. Al haber transcurrido más de cinco años desde la última firma de la comfort letter, el 26 de enero de 2011, y dado que la denuncia se presentó el 20 de abril de 2016, el plazo para juzgar este delito había pasado.