Villanueva alega indefensión para reclamar al Juzgado que lo excluya de la trama eólica
El ex consejero ‘copia’ los argumentos de la Perla Negra y asegura que no hay «ni insinuaciones» de cohecho y prevaricación

Tomás Villanueva, en una imagen de archivo.-ICAL
Alega que ni ha sido informado de los hechos delictivos que se le atribuyen, ni éstos se han concretado. El ex consejero de Economía y ex vicepresidente de la Junta, Tomás Villanueva, arguye indefensión para solicitar a la jueza de Instrucción 4 que le excluya de la trama eólica.
El recurso presentado por el ex número dos de laJunta esgrime que la investigación abierta sobre presuntas comisiones millonarias e irregulares en la concesión de parques eólicos le impide ejercer su «derecho fundamental de defensa».
Argumenta su letrado que «toda persona a quien se atribuya un hecho punible tiene derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan», y añade que el auto recurrido y la petición de Fiscalía «aludieron genéricamente a los presuntos delitos de prevaricación y cohecho».
El ex consejero concluye esta línea argumental sosteniendo que «su generalidad es radicalmente incompatible con la determinación que va implícita en las expresiones legales ‘a quien se le atribuya un hecho punible’ y ‘ser informado de los hechos que se le atribuyan’».
Al margen de esta tesis, la mayor parte de las trece páginas de su escrito son similares, casi idénticas, que las del recurso presentado para reclamar al juez de Instrucción –esta vez del número 2– que lo deje fuera del caso Perla Negra, el que se le investiga por cinco delitos más otros dos posibles.
El ex titular de Economía insiste en su recurso, como ya hiciera en sus argumentos sobre el sobrecoste en la compraventa del edificio del Arroyo hace apenas unas semanas, que todo se basa en meras conjeturas.
Llega a copiar párrafos enteros, como cuando habla del hecho de que fuera consejero: «Ser consejero de Economía no es título de imputación jurídico-penal, y esa obviedad no cambia por el hecho de que Rafael Delgado, viceconsejero y luego secretario general, haya sido, esté siendo, investigado por presuntas conductas que, de ser ciertas, serían delictivas».
Y, como en el caso del sobrecoste del alquiler y posterior compra del edificio de Arroyo de la Encomienda, Villanueva sostiene, de nuevo, que no existen contra él pruebas que justifiquen su consideración de investigado. «No hay presuntos hechos susceptibles de serle atribuidos, tampoco indicios, ni siquiera insinuaciones» sobre los delitos de cohecho y prevaricación por los que el Juzgado le llama a declarar como investigado en la trama eólica.
El otrora todopoderoso consejero de Economía sostiene que el fiscal no le atribuyó en su petición conducta alguna constitutiva ni del delito de prevaricación ni de cohecho y que tan sólo se limita a remitirse a la declaración del ex viceconsejero, Rafael Delgado, también investigado –antes imputado– en ambas tramas y que en sus declaraciones señaló a Villanueva como el cerebro que decidió cada paso a dar en este asunto.
Asegura que el fiscal se basó en el escrito esculpatorio de Delgado y en y en los documentos que presentó a este efecto. Sin embargo, sostiene que no tiene en cuenta que el que fuera el hombre fuerte de Villanueva en Economía, Delgado, «se contradijo» en su declaración ante la Fiscalía, frente a la prestada posteriormente en sede judicial.
Exigencia de secreto
Otra de las cuestiones que también ‘copia’ de su recurso del caso de la Perla Negra en el escrito remitido a la Audiencia Provincial es cuando reclama que en la actual fase intermedia de las diligencias previas es aplicable el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que impone un deber de reserva «hasta que se abra el juicio oral». «Esta elemental regla procesal veda la exposición pública de los investigados, evita juicios públicos paralelos, y su respeto constituye una exigencia del derecho fundamental a la presunción de inocencia», señala.
En este contexto, el representante legal de Villanueva denuncia que esa norma legal constitucional «está siendo infringida, en este caso, con carácter permanente». El letrado, que aporta varias informaciones publicadas en periódicos sobre el caso, expone que la infracción consiste en la filtración que «se viene produciendo a los medios de comunicación social, hasta el punto de que mi mandante tuvo primera noticia de que se le atribuía la condición de investigado a la vez que lo pudo saber la ciudadanía en general a través de la prensa”.
Esa filtración, afirma, alcanza tanto a las actuaciones y resoluciones en forma escrita como a las declaraciones de investigados y testigos. Así, exige que el Juzgado adopte “las medidas idóneas para asegurar el cumplimiento del deber de reserva que impone el vigente artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y, en caso de ser ineficaces, para corregir su infracción».
El recurso llega justo días después de que el director general de Minas, Ricardo González Mantero, a quien Villanueva nombrá tal y como reconoció el propio Mantero, declarara ante el juez como testigo, y por tanto no puede mentir, que la decisión de tramitar sólo los parques eólicos con sociedades de laComunidad era «política» y partía directamente de Villanueva.