Las defensas del caso PGOU tienen 2 meses para sus calificaciones
La Audiencia decide que para elaborar los escritos vale con tener una copia de la causa, no el original
Las defensas de los investigados en el denominado ‘Caso PGOU’ deberán tener sus respectivos escritos de calificación en un plazo máximo de dos meses, tal y como establece un auto de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid en virtud del cual se da un plazo de treinta días iniciales para comprobar que todas ellas cuentan con copia íntegra de lo actuado y, a partir de ahí, idéntico espacio de tiempo para que entreguen sus alegatos de defensa.
De esta forma, la Sala que preside Feliciano Trebolle resuelve los recursos que habían sido presentados por los defensores -el único que no había recurrido es el representante legal de José Luis Mayordomo, expresidente del Baloncesto Valladolid- en los que pedían que quedaran sin efecto los trámites de calificación al alegar indefensión.
En concreto, aludían a trato de favor recibido tanto por el Ministerio Fiscal como por la acusación popular, ejercida por la Federación de Vecinos ‘Antonio Machado’, en el trámite de calificación ya cumplimentado por ambas partes y solicitaban disponer de toda la causa original -compuesta por más de 9.000 folios- o en su caso de fotocopias de todo ello para poder elaborar sus respectivos escritos, como fija la ley, informa Europa Press.
Pues bien, en su auto, el tribunal se dirige al letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 1 -como así se denomina ahora al secretario judicial- para que verifique en un plazo máximo de un mes si las defensas han recibido de forma completa las actuaciones y, en caso contrario, proceda a subsanar dicha omisión con el traslado oportuno.
A partir de ese momento, una vez certificado que cuentan «íntegramente con copia de las actuaciones», los defensores de los investigados dispondrán de un «plazo común» de treinta días para presentar sus escritos, con lo que dicha fase de calificación no se demorará cerca de un año al no tratarse de los autos originales.
El mismo auto, que es inapelable, confirma además el pronunciamiento que decreta no haber lugar a la nulidad total de las actuaciones, si bien estima la nulidad parcial del auto de apertura de juicio oral en el caso «exclusivamente» del investigado y empresario Ramón Herrero Merino, vinculado a la operación inmobiliaria en la Avenida de Madrid, ya que el auto de imputación le fue notificado con un retraso de dos años con respecto a sus futuros compañeros de banquillo.
La únicas partes que han presentado ya sus escritos son las acusaciones pública y la popular. La primera solicita un conjunto de penas que se elevan a treinta y dos años de prisión para trece personas, entre exconcejales, técnicos, arquitectos y empresarios.
A los encausados, entre ellos el ex concejal Antonio García de Coca y el arquitecto Luis Álvarez Aller se les acusa de delitos por hechos ocurridos a partir de 2003 relacionados con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que, antes de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en febrero de 2004, fue modificado para, supuestamente, beneficiar a los promotores de distintos proyectos urbanísticos.