Diario de Valladolid

Tribunales

El Supremo eleva a 4 años y medio la pena a un funcionario por alterar el registro vitícola

Estima que actuó dentro de su competencia al intentar que su bodega recibiera una ayuda de 46.000 euros

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Esther Neila
Valladolid

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El Tribunal Supremo acaba de aumentar a cuatro años y medio la condena impuesta al funcionario de la Junta J.E.V., a quien la Audiencia Provincial de Valladolid había impuesto dos años y nueve meses de prisión por alterar el Registro Vitícola con el objetivo último de que la bodega de que la es socio obtuviera una ayuda de 46.000 euros por reconversión de viñedos.

El alto tribunal entiende que la anterior instancia no tuvo en cuenta que los delitos (falsedad en documento público y estafa en grado de tentativa) fueron cometidos por un empleado público en el ámbito de su propia competencia, ya que el condenado era jefe de la Sección de Sanidad yProducción Vegetal, dentro del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid, instancia encargada de gestionar el mencionado Registro Vitícola.

Este matiz conlleva la aplicación de artículo 390 del Código Penal, que supone endurecer la condena previa, ya que la acción delictiva no tuvo lugar «fuera del campo de sus propias atribuciones» sino que el funcionario actuó «con competencia propia».

Así, el Supremo avala en su sentencia los argumentos presentados por el Ministerio Fiscal en su recurso de casación, donde exigía un aumento de la pena impuesta al funcionario, administrador de la bodega Los Matucos, que fundó junto a su hermano en el municipio burgalés de San Martín de Rubiales.

La sentencia de la Audiencia de Valladolid consideró probado que el empleado público, con su clave de acceso al Registro Vitícola, alteró en el año 2010 ese fichero para dar de alta dos plantaciones a nombre de la bodega familiar (de 9,4 y 2,2 hectáreas), situadas en la localidad de Valdearcos de la Vega (Valladolid). Tres semanas después dio de baja ambas parcelas y dio de alta derechos de replantación por arranque de viñedo propio en esos terrenos, donde, sin embargo, no constaba la existencia de vides.

La tramitación continuó con la solicitud para plantar nuevas vides en Valdearcos de la Vega y en San Martín de Rubiales, así como de las correspondientes ayudas contempladas en los planes de reestructuración y reconversión de viñedo. De haberse concedido esa subvención, en inicio autorizada, se hubiera traducido en el ingreso de 46.000 euros. La condena del Supremo también conlleva la inhabilitación especial para cargo público en la administración autonómica y al pago de la mitad de las costas de la primera instancia.

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