La quema de rastrojos arranca el 27 y prevé llegar a 150.000 hectáreas
La orden de la Junta establece una solicitud previa con una antelación mínima de cinco días

-EL MUNDO DE CASTILLA Y LEÓN
Es una de las materias agroambientales que más expectativas ha suscitado en el sector, y también de las que más críticas ha generado, antes de empezar. La quema de rastrojos de cereales arrancará finalmente en Castilla y León el próximo 27 de octubre, siempre que el tiempo lo permita. Este es el primer día habilitado en el calendario de zonas que recoge la Orden de la Consejería de Agricultura publicada ayer en el Bocyl, y que regula el procedimiento para una práctica hasta ahora prohibida, y demandada reiteradamente por las organizaciones agrarias
Las comarcas de Merindades (Burgos), El Cerrato (Palencia), Cuéllar(Segovia) Burgo de Osma (Soria) y Tierra de Campos (Valladolid), incluidas en la zona 1, abrirán el próximo jueves el calendario de quemas previsto en 2016. Una medida fitosanitaria a cuatro años que se enmarca en el Plan Director de Lucha contra las plagas agrícolas en Castilla y León y que se extenderá hasta el uno de diciembre. La Junta fija la segunda quincena de febrero de 2017, en todas las zonas, para el rastrojo de maíz en regadío.
La orden del Bocyl llega «tarde» para las organizaciones agrarias que, a pesar de valorar «positivamente» esta iniciativa, mantienen que se podía haber comenzado a quemar rastrojos «semanas antes». De hecho, como afirma el coordinador regional de la Alianza UPA-COAG, Aurelio Pérez, «de ninguna forma» se van a quemar las 500.000 hectáreas que permite la normativa. De forma general, las Opas estiman que la superficie quemada se sitúe en torno a las 150.000 hectáreas en la Comunidad.
De cara a las solicitudes, las organizaciones aconsejan al agricultor que el trámite se formalice «cuanto antes», y se asesoren también «para evitar problemas y denuncias», como apuntan desde ASAJA.
La orden de la Junta permite la quema en las superficies cultivadas de cereales que estén ubicadas a más de 400 metros de montes arbolados o desarbolados y pertenezcan a las comarcas que allí se especifican. Los titulares de explotaciones agrarias solicitarán esta práctica con una antelación mínima de cinco días naturales a su realización, a través del registro electrónico de la Junta y en el portal www.pac.jcyl.es. Una solicitud a la que hay que añadir el documento de conformidad del alcalde presidente del Ayuntamiento en el que estén ubicadas las parcelas.
La quema de hasta el 25% de la superficie total del cultivo de cereal declarado en la PAC se podrá hacer a partir del sexto día natural al de la presentación de la solicitud, salvo notificación contraria. Las Opas valoran esta medida fitosanitaria y piden, como en el caso de ASAJA, que sea una norma «viva», es decir, que se pueda «modificar» si es necesario. En este sentido, de forma general las organizaciones piden extender la quema también a las cunetas a las que consideran «el mayor reservorio de hongos y plagas».
En relación a la seguridad, se deberá realizar un cortafuegos de al menos 3 metros de ancho alrededor de la zona a quemar, disponer de un teléfono móvil, y contar con al menos tres personas con herramientas útiles para la extinción del fuego. Las quemas no podrán hacerse ni en domingos ni en festivos, o los días de viento.