Diario de Valladolid

Anuladas por falta de transparencia las cláusulas suelo de Caja España

La Audiencia de León dice que las «enmascaraba» en una «abrumadora» candidad de datos

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J. Luis F. del Corral

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Las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios, impuestas por los bancos para evitar la caída de su negocio con el previsible desplome de los tipos de interés, tienen los días contados. La Audiencia provincial de León ha anulado «por falta de transparencia» todas las que firmó Caja España antes de la fusión con Caja Duero.

Sin embargo, esta anulación no implica que el banco EspañaDuero, heredero de la antigua Caja España, tenga que devolver a los clientes las cantidades indebidamente abonadas hasta la fecha. La Audiencia evita obligar a la ahora filial de Unicaja a pagar estas cantidades porque ni el fiscal ni Ausbanc, promotora de la demanda, pedían esa retroactividad.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación, no declara ilegales en sí mismas las cláusulas suelo, sino la «falta de transparencia» de la entidad a la hora de incluirlas en los contratos de préstamos a interés variable.

El fallo precisa seis motivos para estimar en parte la demanda de Ausbanc: En primer lugar, porque Caja España suscribía los préstamos bajo «la apariencia de un contrato de préstamos a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia repercutirían en una disminución del precio del dinero». En segundo lugar, por falta de información suficiente. En tercer lugar, porque intenta dar la apariencia de que el suelo pretende fijar un techo, cuando no es así. En cuarto, porque «su ubicación, entre una abrumadora cantidad de datos», enmascara la cláusula y «diluye la atención del consumidor». En quinto, porque la entidad omitió ofrecer «simulaciones de escenarios diversos» con la evolución de los tipos de interés, y en sexto lugar porque faltó una «advertencia previa clara» del coste comparativo con otros productos.

La sentencia del tribunal leonés viene a ratificar algunos de los argumentos de la dictada a primeros de mes por el Juzgado de lo Mercantil Nº 11 de Madrid, aunque en ese caso se obligaba a 40 entidades, entre ellas Unicaja, a devolver a los clientes las cantidades indebidamente abonadas. Pero sólo a partir de mayo de 2013, fecha de otra sentencia del Tribunal Supremo. Ahora, todas las miradas se dirigen a Luxemburgo, cuyo tribunal debe dictaminar el 26 de abril si concede la petición de que los bancos que han impuesto cláusulas suelo devuelvan la totalidad del dinero a sus clientes.

Las propias entidades están inquietas ante esta resolución que afectaría de manera importante a su cuenta de resultados.

La sentencia que ayer hizo pública la Audiencia de León lleva fecha de ayer, 13 de abril. Pero la demanda se presentó en 2010. Un año después el Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia en el mismo sentido, si bien negaba, como ahora hace el tribunal provincial, declarar nula con carácter general la cláusula y sólo lo hacía en la medida en que se ha producido «falta de transparencia».

Caja España la recurrió y logro inicialmente que la Audiencia negara legitimidad a Ausbanc para presentar la demanda, pero el Supremo lo aceptó y tuvo que comenzar de nuevo el proceso.

«No se prejuzga la validez de la cláusula en sí misma, y se acuerda su nulidad en tanto en cuanto fueron negociadas e incorporadas al contrato con falta de transparencia»

EspañaDuero evitó ayer valorar la sentencia, y se limitó a decir que acababa de recibirla, al tiempo que advirtió de que «no es firme» y que «está siendo valorada por los servicios jurídicos de la entidad, no desestimándose la interposición de los recursos que procedan».

Ausbanc tampoco quiso valorarla, si bien aseguró que el fallo puede beneficiar a decenas de miles de clientes.

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