ZONA DE BAJAS EMISIONES

El Supremo admite el recurso del Ayuntamiento contra la sentencia del TSJ que declaró nula la ZBE de Valladolid

El Alto Tribunal considera que el recurso presenta "interés casacional" sobre la exigencia de "antelación temporal o simultaneidad" en la aprobación del proyecto y la ordenanza

Señales que anuncian la entrada en zona de bajas emisiones, en una imagen de archivo.JUAN GARCÍA

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Estíbaliz Lera 

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El proceso judicial sobre la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Valladolid avanza. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), dictada el 16 de marzo de 2026, que anuló la ordenanza reguladora de esta zona de tráfico restringido, aprobada en octubre de 2024 y recurrida después por la Asociación Liberum, según ha podido saber este periódico.

El conflicto tiene su origen en el criterio sostenido por la Sala autonómica, cuyos magistrados concluyeron que «la ordenanza no resultaba conforme con el ordenamiento jurídico», al considerar que carecía de un proyecto técnico que cumpliera los requisitos exigidos por la normativa. En concreto, el TSJCyL argumentó que el Consistorio no podía ampararse en el Plan de Movilidad Urbana Segura y Sostenible (PIMUSSVA), aprobado en noviembre de 2021, por ser anterior al Real Decreto 1052/2022. Asimismo, rechazó que el nuevo proyecto técnico se aprobara de forma simultánea en la misma sesión del pleno municipal en la que se dio luz verde a la ordenanza.

Frente a este criterio, el Ayuntamiento sostiene que el proyecto técnico cumplió las exigencias normativas, ya que se aprobó en la misma sesión plenaria que la ordenanza, aunque antes de su entrada en vigor.

El debate se centra en determinar cómo debe tramitarse el documento técnico exigido por el Gobierno central para implantar estas áreas de restricción del tráfico. En el auto emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, los magistrados declaran que «el presente recurso de casación presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia al concurrir los supuestos previstos en el artículo 88.2.c) y la presunción del art. 88.3.a) en los términos expresados en el fundamento de derecho tercero de esta resolución».

A continuación, la Sala dispone «admitir el recurso de casación n.º 3649/2026, preparado por la representación procesal del Ayuntamiento de Valladolid, contra la sentencia de 16 de marzo de 2026, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que estima el recurso número 44/2025».

En el acuerdo tercero del auto, la Sección Primera fija que la cuestión objeto de interpretación radica en «determinar si el proyecto de Zonas de Bajas Emisiones, previsto en el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones, debe aprobarse con una antelación temporal respecto de la aprobación de la ordenanza municipal que implante de manera efectiva la Zona de Bajas Emisiones, o basta su aprobación simultánea, así como si dicho proyecto ha de ser posterior a la entrada en vigor de dicho Real Decreto 1052/2022».

De igual manera, el citado documento acuerda «identificar como normas que, en principio, serán objeto de interpretación, sin perjuicio de que la sentencia pudiera extenderse a otras si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso, las mencionadas en el Razonamiento Jurídico Cuarto, apartado 2, de este auto», ordenando la publicación en la web institucional, la comunicación a la Sala de instancia y la remisión de las actuaciones a la Sección Quinta de la Sala Tercera para la sustanciación y decisión del recurso.

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«Es positivo que se haya admitido el recurso», señalaron fuentes municipales. Mientras el proceso avanza en el ámbito judicial, la maquinaria administrativa del Ayuntamiento continúa los trabajos para redactar una nueva ordenanza de la ZBE adaptada al marco estatal. En estos momentos se encuentra en periodo de información pública la modificación del Plan Integral de Movilidad Urbana Sostenible y Segura junto con el Plan de Mejora de la Calidad del Aire, un trámite necesario para adaptar la futura ordenanza a los requisitos del Real Decreto 1052/2022 y al marco normativo aplicable a las zonas de bajas emisiones.