Diario de Valladolid

Tribunales

Prisión para un camionero ebrio que chocó en Valladolid, se escondió y sopló 16 veces sin éxito

La sentencia, que le condena a 7 meses de cárcel y a 2.000 euros de multa, destaca la 'paciencia infinita' de los agentes por sus reiterados boicots interponiendo la lengua en la boquilla

Cruce del Paseo de Zorrilla con la avenida de Zamora, junto a Vallsur, donde se produjo el accidente del camionero.

Cruce del Paseo de Zorrilla con la avenida de Zamora, junto a Vallsur, donde se produjo el accidente del camionero.G.S.V.

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Valladolid

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La Audiencia Provincial (AP) de Valladolid, en ratificación de sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 3 de Valladolid, ha condenado a un camionero a siete meses y 15 días de prisión por negarse a realizar el test de alcoholemia y a 1.980 euros de multa por un delito contra la seguridad vial. En la sentencia se hace expresa mención a su reiteración en el delito, ya que había sido condenado un año antes por conducir bajo los efectos del alcohol.

Esta es la repercusión penal, amén de dos años años y nueve meses de privación de carnet, fruto de la cadena de hechos delictivos que cometió el transportista cuando pilotaba ebrio de madrugada un camión de su empresa junto a Vallsur. Una conducción en la que llegó a dormirse, chocó contra una farola, se escondió detrás de unos arbustos y realizó hasta 16 soplidos infructuosos (adrede) al etilómetro. Todo ello tras causar graves daños al chasis y a la cabina del camión-furgón Fiat Ducato, hasta el punto de que no pudo repararse por el alto coste de la avería.

Se durmió al volante y derribó una farola

Los hechos sucedieron a las dos menos diez horas de la madrugada del 4 de mayo de 2024, cuando el ahora condenado conducía un camión sin el consentimiento ni conocimiento de su propietario (el empresario) al ser un vehículo de empresa y encontrarse fuera del horario laboral.

Circulaba, en concreto, por el paseo Zorrilla (zona de La Rubia) y cuando giró a la derecha hacia la avenida de Zamora, en dirección a la avenida de Salamanca, «dada la influencia del alcohol previamente consumido, se quedó dormido», recogen los hechos probados de la sentencia de la AP 100/2026 de hace escasos días. Tras ello, perdió el control del vehículo, chocó contra el bordillo de la mediana de separación de calzadas y de los dos sentidos de circulación. Se subió a la misma con la rueda delantera izquierda y recorrió 6,40 metros para chocar contra una farola hasta quedar finalmente detenido a 3,60 metros de la luminaria.

Se escapó del lugar, dejando el camión en estado próximo al siniestro total. Pero el camionero aún tuvo tiempo de emprender nuevas argucias, siempre según la sentencia.

Se apeó del vehículo y se agazapó tras unos arbustos en una zona de la calle Sajambre (zona de Vallsur próxima a la Cañada Real) e intentó ocultar su participación en los hechos, siendo interceptado por agentes de la Policía Municipal de Valladolid. Su maniobra de escabullirse del accidente duró poco, ya que los policías comprobaron que portaba las llaves del camión. Más aún, el acusado «presentaba claros síntomas de encontrarse bajo la influencia de las bebidas alcohólicas tales como: halitosis alcohólica notoria a distancia, rostro congestionado, ojos enrojecidos y brillantes, somnolencia, habla espesa con dificultad para vocalizar y deambulación vacilante con pérdida de equilibrio y pérdida de verticalidad», recoge la sentencia.

Trucos para no soplar

Tras ser informado de nuevo de su obligación de someterse a dichas pruebas persistió en su actitud, llegando a realizarle 16 intentos con resultado infructuoso como consecuencia de la interrupción voluntaria del encausado.

Como consecuencia del siniestro, se causaron daños en la farola, que ascendieron a la cantidad de 120 euros por los que ha sido indemnizado el Ayuntamiento de Valladolid por la compañía Pelayo Mutua de Seguros.

El vehículo Fiat Ducato quedó inutilizado como consecuencia de los daños sufridos en el chasis y la cabina, pendientes de tasación pericial, resultando antieconómica su reparación. El denunciante decidió alquilar un vehículo de sustitución sin que se acreditase en aquella fase procesal su relación directa con los hechos. Su propietario, personado en la causa, reclamó por ellos y por los perjuicios sufridos.

La sentencia del Juzgado de lo Penal 3 fue recurrida por el camionero alegando, entre otros motivos, error en la valoración de la prueba, ya que no existe una medición de su intoxicación etílica. Una argumentación que tumba la AP al recordar que los agentes de la autoridad dejaron anotado en el atestado la penosa situación del camionero tras el accidente.

Así, recuerda que los policías municipales fueron «uniformes» en su atestado narrando la deambulación vacilante, los problemas de equilibrio al subir a la furgoneta, el habla «pastosísima» y el intenso olor a alcohol, manteniendo a continuación un comportamiento claramente auto incriminatorio pues se aleja del lugar de los hechos. Y recuerda que el empresario se presentó al lugar de los hechos y, viendo el estado del camionero, decidió, en un acto de piedad, llevarlo a casa.

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