LOGÍSTICA DE LA CONSULTA
Los retrasos del referéndum del 1-O
Sorteo de mesas y censo de la consulta van con demora respecto de los comicios ordinarios. La convocatoria ya se hizo mucho antes del plazo de unas elecciones
Desde el primer minuto, cuando en julio se presentó la ley del referéndum, el Govern ha presumido de que las condiciones en las que se llevará a cabo la consulta unilateral serán "las de siempre". Es decir, se votará como en unas elecciones convencionales. Pero la normativa electoral española -que viene aplicando el Ejecutivo catalán desde 1980 por falta de ley electoral propia- presenta una serie de requisitos que ya no se han cumplido en esta ocasión para convocar a las urnas el 1-O.
Convocatoria electoral
Según la ley orgánica del régimen electoral general (LOREG), unas elecciones se han de convocar 54 días antes de su celebración. La convocatoria del referéndum unilateral por parte del Govern tuvo lugar el pasado 6 de septiembre, menos de un mes antes de la apertura de las urnas. La norma que regula el 1-O, suspendida por el Tribunal Constitucional, no fija un plazo mínimo entre la firma del decreto de convocatoria y la votación.
El censo
El lunes, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) abrió actuaciones previas de investigación ante el posible acceso ilícito a bases de datos estatales para la creación del denominado censo electoral catalán, tras recibir la denuncia de un ciudadano. Los hechos denunciados podrían implicar la existencia de conductas contrarias a la ley orgánica de protección de datos en relación con ficheros y tratamientos sometidos a la competencia estatal, en concreto los del Instituto Nacional de Estadística, la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ministerio de Sanidad.
Según la LOREG, el censo se cierra dos meses antes de la votación. Existe un periodo para recurrir por parte de los electores si detectan errores. El Govern de la Generalitat, en cambio, no ha explicado de dónde ha obtenido en esta ocasión los datos del censo y todavía no lo ha publicado. Ni ha remitido aún las tarjetas censales con los datos de cada ciudadano, un trámite cuyo plazo se ha prorrogado hasta cuatro días antes del 1-O.
Cara a la convocatoria del 9-N, un ciudadano de Cabrils (Barcelona) denunció al ayuntamiento por ceder datos del padrón a la Generalitat. La Agència Catalana de Protecció de Dades alegó que era un procedimiento legal, pero el juez del caso ordenó suspender el acuerdo del pleno municipal en el que ordenaba poner a disposicion del Ejecutivo catalán los datos del padrón para el 9-N.
Mesas electorales
La formación de las mesas electorales compete a los ayuntamientos, según la LOREG, mientras que en el caso del 1-O es el Govern quien se ha arrogado dicha acción. De acuerdo de nuevo con la LOREG, el presidente y los vocales de cada mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas censadas en la sección correspondiente, que sean menores de 65 años y que sepan leer y escribir. El presidente deberá tener el título de Bachiller, el de Formación Profesional de segundo grado, o bien el de Graduado Escolar o equivalente.
Este martes, una operación de la Guardia Civil en la sede de la empresa de mensajería Unipost en Terrassa interceptó centenares de sobres embalados y almacenados en cajas que supuestamente contienen las notificaciones a los presidentes, vocales y suplentes que integrarán las mesas electorales. Preguntado al respecto, el portavoz del Govern, Jordi Turull -sin dar cuenta de cuándo se enviarán las cartas a los miembros de las mesas- trató de poner al mal tiempo buena cara: "A cada actuación represiva, una respuesta democrática, a cada obstáculo una solución. No alteran para nada, seguimos".
Según la ley del referéndum, los ciudadanos llamados a una mesa electoral deberían haber recibido la notificación como muy tarde el pasado viernes día 15. Todavía no ha sido así. Se requieren unas 55.000 personas, entre titulares y suplentes para constituir las 6.300 mesas electorales previstas. Son personas escogidas por sorteo entre los menores de 70 años de cada sección censal, según un censo de que no se conoce su procedencia. Según la normativa del referéndum el sorteo se inició el día 8 hasta el día 13. Pero los plazos se han retrasado.
Dónde votar
El último anuncio del Ejecutivo de Carles Puigdemont sobre el referéndum afirma, de forma imprecisa, que próximamente se concocerán los puntos de votación, una cuestión central dado que es una información que puede resultar valiosa al Estado para tratar de impedir el ejercicio del voto el día 1. El Consorci d'Educació de Barcelona, controlado al 60% por el Govern, es clave para definir qué colegios se habilitan para ejercer el voto. En ayuntamientos como los de Lleida, Tarragona, Santa Coloma de Gramenet o L'Hospitalet de Llobregat, entre otros, está por ver en qué dependencias del Govern se ubican las urnas y las mesas.
Alegaciones
Siempre según la normativa del referéndum –suspendida por el TC-, desde la notificación a los ciudadanos de que forman parte de una mesa se ofrecen tres días para alegar una causa justificada que impida la aceptación del cargo ante la sindicatura electoral de la provincia correspondiente. La sindicatura ha de resolver las alegaciones en dos días y contra su decisión no se puede recurrir.
Pero como la notificación de las mesas puede llegar solo cuatro días hábiles antes de la votación, los plazos para recurrir y conocer si el recurso es aceptado, en total 5 días, hace que se llegue justo hasta el 1 de octubre. Es decir, que un ciudadano que haya presentado recurso no sabrá hasta el mismo 1-O si le toca o no estar en una mesa. En unas elecciones ordinarias, el sorteo de las mesas se lleva a cabo entre los días 25º y 29º posteriores a la convocatoria.
Papeletas
En unas elecciones convencionales las papeletas de cada candidatura, con la lista electoral, están a disposición de los electores en cada colegio electoral. En esta ocasión, el referéndum también prevé disponer de las mismas en los puntos de votación, pero por si acaso el Govern publicó el lunes la papeleta de votación en la web del referéndum para que los electores la puedan imprimir. La papeleta está en formato pdf con la medida oficial: 105 milímetros por 148,5 milímetros.
Los reveses sufridos
Con todo, fuentes directamente conocedoras de los preparativos del referéndum consultadas por este periódico sostienen que los reveses judiciales y policiales sufridos por la consulta (atuaciones en imprentas, empresas de mensajería, citaciones a alcaldes, etc, que estas fuentes califican de "bestias") no han conseguido resquebrajar las posibilidades de que la convocatoria del próximo 1 de octubre se acabe celebrando.