Sanidad niega su responsabilidad al tratar el oído izquierdo de un menor porque con el otro oía bien

El Procurador del Común insta a la Junta a investigar la tardanza en el acceso al otorrino en Salamanca

-ICAL

Publicado por
Esther Neila
Valladolid

Creado:

Actualizado:

El Procurador del Común insta a la Junta de Castilla y León a abrir de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial para «verificar la posible existencia de un retraso» en el acceso al servicio de otorrinolaringología en el complejo asistencial de Salamanca. Así lo indica en una resolución fechada el 17 de diciembre en la que Tomás Quintana López se pronuncia a raíz de la queja presentada por la familia de un menor que presentaba problemas en el oído izquierdo.

Lo que llama la atención en este caso son los argumentos esgrimidos por la Consejería de Sanidad para negar su responsabilidad en la asistencia prestada a este paciente. En la respuesta enviada desde la Junta al ‘defensor del pueblo’, los responsables sanitarios aseguran que «no ha existido pérdida de oportunidad para el menor ya que al tener una normoacusia en el oído derecho, no ha intervenido su capacidad en el entorno social». Es decir, que no tiene cabida indemnizar a la familia por el tardío diagnóstico del oído izquierdo ya que el paciente seguía oyendo bien por el derecho.

En su resolución, el Procurador del Común rechaza de plano este razonamiento. Y explica que la capacidad del paciente para «compensar» con el oído derecho «la pérdida de audición» del oído izquierdo «no es óbice para examinar la posible existencia de pérdida de oportunidad», un concepto legal que puede derivar en una indemnización si existe un deficiente funcionamiento del servicio asistencial, como sería el caso si se demuestra que el menor «no accedió en tiempo al servicio de otorrinollaringología pese a las solicitudes de la familia».

El menor padece problemas en el oído desde 2015 pero su pediatra no consideró oportuno derivarle al otorrino hasta mayo de 2016. Diagnosticado de «otitits seromucosa», fue intervenido ese año. En 2018 se informó a la familia de la posible existencia de bridas o lisis y se le realiza una segunda intervención en junio de 2019, según consta en la información proporcionada por Sanidad al Procurador del Común, que no se pronuncia sobre la «posible concurrencia de un error de diagnóstico».

Cargando contenidos...

La familia formuló su reclamación el 26 abril de 2019 y no fue respondida hasta el 10 de junio, superado el mes de plazo máximo, por lo que el Procurador también insta a la administración a garantizar que la respuesta desde los servicios de atención al paciente «se resuelva en tiempo y forma».