El CES exige más supervisión de las cooperativas para mantener su fin social
Reclama a la Junta que prime con ayudas adicionales el asentamiento de las agroalimentarias en pueblos pequeños para fijar población / Saluda las medidas para ganar solvencia y pide un esfuerzo por el tamaño

-E.M.
Hay un temor fundado y extendido de que las cooperativas se parezcan cada vez más a las llamadas sociedades de capital y pierdan el interés y el fin social que las caracteriza sobre el papel. Inquietud que toma forma con el anteproyecto de ley de Cooperativas que modifica una norma de hace quince años y al que quiere hacer frente el Consejo Económico y Social en su informe previo. En primer lugar, pide a la Junta que para este tipo de sociedades de la llamada economía social ponga en marcha «una adecuada supervisión». Reclama a la Administración autonómica que acompañe a laLey «las actuacionesque sean precisas para que su aplicación no desvirtúe en la práctica el espíritu del interés social que está en la base de todas estas sociedades».
En definitiva, una forma fina y elegante de advertir de que se está pervirtiendo el fin social de las cooperativas y que urge una supervisión que ponga freno a este presunta perversión. Al respecto, el CESprecisa que la autoridad laboral debe vigilar «el estricto cumplimiento» de la legislación laboral, «tanto de los socios trabajadores» como de los contratados por cuenta ajena. Sobre todo, en la prevención de riesgos laborales. Por el contrario, valora positivamente que aumente del 30% al 50% el número de horas de trabajo realizadas por los socios trabajadores que podrán ser realizadas por trabajadores por cuenta ajena. De la misma forma que saluda que éstos puedan convertirse en socios en un año y no en dos como establece la normativa actual.
Esa inquietud del CES por impulsar el carácter social de las cooperativas va más allá.Su informe subraya la importancia que debe adquirir para combatir la despoblación. «Consideramos de manera especial el papel clave para fijar población de las cooperativas asentadas en el medio rural, particularmente las agroalimentarias, en cuanto a su aportación a la sostenibilidad en las zonas en las que prestan servicios».
La advertencia al consejero de Empleo, promotor del cambio de la ley, la formula el CES en forma de propuesta. Sugiere a CarlosFernández Carriedo que pida a Economía y a Agricultura iniciativas que «favorezcan y promocionen el asentamiento de cooperativas agroalimentarias en núcleos rurales que tengan menos tamaño». Por ejemplo, primando a las que operan en pueblos pequeños en la baremación de la concesión de posibles ayudas.
Sindicatos, empresarios, expertos de la Junta, cooperativistas y agricultores ven en las cooperativas no sólo su necesaria «aportación a la economía social», sino también su contribución social. Todos ellos resaltan en el informe «sus valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad que contribuyen a reducir las diferencias salariales entre hombres y mujeres y a promover una mayor igualdad en el empleo».
El anteproyecto de ley de Cooperativa está cercano a entrar en las Cortes para su debate. Sólo falta, según fuentes de la Consejería, responder a las alegaciones del CES y remitirlo a la Asesoría Jurídica. Castilla y León cuenta con 2.092 cooperativas que generan 8.800 puestos de trabajo.
El texto ha pasado con nota el informe del CES, si bien no está exento de críticas, observaciones y recomendaciones. Considera que el aumento del capital social mínimo de 2.000 a 3.000 euros mejora su solvencia sin que su incremento pueda considerarse «desincentivador». Una función que también aportan las nuevas figuras de socios colaboradores y de servicios, que podrán inyectar recursos a la cooperativa. Aumento de la solvencia que supondrá que el valor de las aportaciones que no sean en dinero cuente con la certificación de profesionales externos.
A este objetivo de mejorar la solvencia el Consejo añade el reto de ganar tamaño. Al respecto, pide a la Consejería que «diseñe actuaciones para favorecer un mayor dimensionamiento de las sociedades laborales y cooperativas de trabajo a través de la creación de redes y mediante el apoyo a proyectos de cooperación».
El CES valora la inclusión del socio de servicios como factor dinamizador de la actividad cooperativa, si bien advierte de que es necesario precisar mejor su concepto y que se recoja en los estatutos para tener claro las diferencias con el resto.
A este impulso al sector cooperativo contribuirá, según el CES, el silencio administrativo positivo a la hora de registrar una sociedad. Hasta ahora era negativo.Desde la aprobación de la ley, la inscripción registral será un hecho al mes de hacerla si no hay resolución en contra.
Lo que genera inquietud en el CES es que las cooperativas agrarias pasen a denominarse agroalimentarias. Pide que se diferencien unas de otras;las que se van a dedicar a actividades agrarias y/o ganaderas y las que su objeto social será la transformación de productos primarios.
Cuestiona también el informe la forma en que se suprime la obligación de dedicar el 20% de los resultados de las operaciones con terceros al Fondo de Educación yPromoción. Valora el hecho de que estos recursos dotan a la cooperativa de más capital y solvencia, pero podría redundar en la caída del fondo social. «Si así sucediera, la cooperativa debería elevar en sus estatutos el porcentaje destinado a este fondo, precisamente para cumplir el fin social de las cooperativas.
REQUISITOS Y PLAZOS PARA DEVOLVER SU APORTACIÓN AL SOCIO
La nueva ley de Cooperativas asemeja éstas a las sociedades de capital.Hasta el punto de que en aquello que no esté previsto en su articulado se aplicará la legislación mercantil especifica de las sociedades anónimas y limitadas. También está inspirada en la normativa europea. Hasta ahora el socio podía obtener sin apenas requisitos el reembolso de su aportación al capital. «Era una de las notas más características de esta clase de sociedades frente al resto de personas jurídicas», subraya el CES en su informe. Sin embargo, el nuevo texto permite al Consejo rector ampliar los plazos para hacer efectivo el reembolso de las aportaciones hasta un límite de diez años, el doble que ahora. «En cualquier caso, consideramos que esta posibilidad de ampliar los plazos en el reembolso de las aportaciones debe ejercitarse de manera absolutamente justificada y mesurada, por el perjuicio que una demora excesiva en el reembolso efectivo puede ocasionar al socios que lo solicita», concluye el CES