Diario de Valladolid

Los bancos devolverán hasta 300M€ a 120.000 clientes por cláusula suelo

La Asociación de Afectados apunta estimaciones del Banco de España tras el fallo del tribunal de la UE / Adicae no considera exagerado el impacto y dice que «es un gran día para los consumidores»

Imagen de una manifestación de Adicae contra los abusos bancarios.-EL MUNDO

Imagen de una manifestación de Adicae contra los abusos bancarios.-EL MUNDO

Publicado por
J. Luis F. del Corral

Creado:

Actualizado:

La banca española ha perdido definitivamente la batalla de la retroactividad de las cláusulas suelo y los consumidores ven reconocidos sus derechos por un tribunal europeo. El Banco de España estima en cerca de cuatro millones de créditos hipotecarios los afectados en todo el país y en cerca de 123.000 en la Comunidad autónoma, según la Asociación de Afectados de Productos Bancarios de Castilla y León que ha mantenido contactos con representantes del supervisor.

El Tribunal de Justicia de la UE ha corregido al Supremo y obliga a las entidades financieras a devolver a sus clientes la totalidad del dinero adicional pagado por fijar unos tipos de interés superiores para compensar la caída de márgenes. En mayo de 2013 el alto tribunal español eliminó esas cláusulas abusivas desde la fecha de la sentencia en adelante, pero les eximió de la retroactividad desde el contrato hipotecario. Por lo tanto, los clientes no podían reclamar hasta hoy el dinero adicional pagado desde la firma del contrato hasta mayo de 2013.

El alto tribunal de Luxemburgo obliga a los bancos a devolver todo lo irregularmente cobrado.Los consumidores han ganado la batalla a los bancos, algunos de los cuales se apresuraron ayer a comunicar a la Comisión Nacional delMercado de Valores (CNMV) el impacto que tendrá en su cuenta de resultados.

Al respecto, el BBVA cifró sus repercusión en 404 millones y el Popular en 334. Liberbank anunció que lo estimará en breve. Sabadell ha advertido que sus provisiones son suficientes para cubrir «esta contingencia». Bankia cifra el total en 200 millones, de los que ha provisionado 100.

Unicaja Banco, propietaria de EspañaDuero, indicó ayer que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que determina la retroactividad total de las cláusulas suelo incluidas en sus contratos hipotecarios «podría suponer una contingencia, adicional a la ya cubierta de en torno a 150 millones de euros» para el grupo, según informa Europa Press.

El Banco de España cifró durante el proceso el impacto entre 5.000 y 7.000 millones de euros. Ayer precisó que podría ser entre 4.200 y 4.500. La Asociación de Afectados de Productos Bancarios, que hoy ha convocado una asamblea en Valladolid, estima en 123.000 clientes los perjudicados por un montante próximo a 300 millones.

Valladolid sería, siempre según su portavoz Antonio del Castillo, la provincia con mayor número de afectados, 30.000. Esta asociación considera, con datos del Banco de España, que en Burgos, León y Salamanca rondarían los 20.000 en cada una; en quinto lugar, estaría Segovia con 12.000, seguida de Palencia con 9.000, Ávila y Zamora con 5.000 y Soria con 2.000.

Adicae, promotora de la macrodemanda, evitó ayer precisar el impacto de los abusos en la Comunidad, si bien su letrado en Valladolid, AntonioCastro, no ve exageradas las cifras de afectados y de dinero a devolver de la otra asociación.

«Hoy es un gran día. La Justicia europea ha defendido a los consumidores», declaró Castro, que animó a los clientes de hipotecas con cláusulas suelo a sumarse a la macrodemanda de su organización.

La limitación en el tiempo de los efectos jurídicos derivados de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, que el Supremo acordó el 9 de mayo de 2013, «equivale a privar con carácter general a todo consumidor que haya celebrado antes de aquella fecha un contrato de préstamo hipotecario (...) la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente a las entidad bancaria», señala el fallo conocido ayer.

Al respecto, el Tribunal de Justicia de la UE deduce que una jurisprudencia nacional como la del Supremo español «sólo permite garantizar una protección limitada a los consumidores». Por lo tanto, esta protección resulta «incompleta e insuficiente y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de dicha cláusula».

La sentencia es contundente al advertir de que los diferentes órganos jurisdiccionales españoles deben abstenerse de aplicar en sus resoluciones esa limitación porque «no resulta compatible con el Derecho de la Unión».

tracking