Tribunales
Giro en un accidente mortal de la A-6 en Medina: un positivo en cocaína lo eleva a homicidio imprudente
La fallecida, ocupante en la parte trasera del coche, era la madre del conductor y el caso llegó a archivarse inicialmente en el juzgado
Meses después el fiscal logra que el procedimiento abreviado vire a homicidio imprudente grave y delito contra la seguridad vial

Estado en el quedó el turismo tras el acccidente en San Pablo de la Moraleja (Valladolid).
Giro de 180 grados en el accidente con una fallecida –la madre del acusado– y dos heridos graves el 17 de marzo de 2024 en la A-6, en la comarca de Medina del Campo, concretamente en el término municipal de San Pablo de la Moraleja, según informaron a este diario fuentes del caso.
Si el 9 de agosto del pasado año el juzgado que investiga el siniestro en diligencias previas 163/2024 –Instrucción 2 de Medina del Campo– acordó el sobreseimiento provisional de la causa, la intervención de la Fiscalía para dar un vuelco a la calificación, ha cambiado todo el escenario tras constatar que el conductor y acusado en esta causa, dio positivo en cocaína en los análisis inmediatamente posteriores al siniestro.
La tesis de la Acusación Pública de Medina lleva ya dos batallas ganadas. El Juzgado instructor dictó auto el 11 de febrero de 2025 dictando la continuación del Procedimiento Abreviado «por un delito contra la seguridad vial y otro de homicidio por imprudencia grave» contra el acusado». Este último delito tiene asociada una pena que se mueve en la horquilla de uno a cuatro años de prisión.
Semanas más tarde, la Audiencia Provincial (AP) de Valladolid ha ratificado esta decisión de instancia después de que la defensa del acusado elevara un recurso de apelación para dejar sin efecto la investigación por homicidio por imprudencia. La sección segunda de la AP justifica que siga su curso ya que las pruebas aportadas, a su juicio, justifican que el caso se acomode en este tipo penal, aunque también deja claro que es una «calificación no vinculante» y ligada a la «provisionalidad que exige este trámite» de fase intermedia. El auto de la AP es firme.
Colisión y vuelco
El fatal accidente se produjo a las 16.40 horas del domingo 17 de marzo de 2024, cuando el vehículo en el que viajaba el acusado con otros dos ocupantes, se salió de la vía en la A-6, en el término de la localidad vallisoletana de San Pablo de la Moraleja en dirección a Madrid, Comunidad de destino de los ocupantes.
El siniestro se produjo a la altura del kilómetro 138, momento en el que el Servicio de Emergencias 112 recibió varias llamadas que alertaban de que un turismo había sufrido una salida de vía, había colisionado con un árbol y, tras el impacto, había quedado volcado.
Los alertantes indicaron además que había varias personas heridas, al menos una atrapada en el vehículo y dos fuera de él. Hasta el lugar se desplazó a Guardia Civil de Tráfico, los Bomberos de la Diputación (de los parques de Medina del Campo y Tordesillas), una UVI móvil, una ambulancia de soporte vital básico, y un helicóptero medicalizado.

Estado del vehículo tras la colisión y vuelco en la A-6 en una imagen de Bomberos de la Diputación.
Este último recurso se anuló finalmente al confirmar el personal sanitario en el lugar el fallecimiento de la mujer, que luego se conoció que era la madre del conductor. Además, los sanitarios atendieron y trasladaron a dos heridos al Hospital Comarcal de Medina del Campo, en una UVI móvil y una ambulancia de soporte básico, respectivamente.
Aunque los ocupantes del coche eran de Madrid, el caso se investiga en Medina del Campo y se va a ver en juicio en un Juzgado de lo Penal de Valladolid en próximas fechas.
Archivado al inicio
La representación del investigado recurrió el auto que elevaba los hechos a homicidio por imprudencia grave alegando que «carece del más mínimo razonamiento», que, a su juicio, debería apuntalar la decisión.
En concreto, se queja de que «no contiene una descripción de los hechos presuntamente delictivos, ni del grado de participación del recurrente». Expuso además que no se practicaron las diligencias para una correcta calificación.
También puso sobre la mesa que la ausencia de precisión y del desconocimiento de los hechos «genera indefensión» en su cliente. Así puso de manifiesto que el 9 de agosto de 2024 se dictó auto acordando el sobreseimiento con el mismo escenario. Por todo ello pidió que se revocase el auto por falta de pruebas a realizar y por falta de descripción de los hechos.
El Ministerio Fiscal se opuso por entender que la resolución es acorde legalmente y existen suficientes elementos para mantener la imputación por homicidio por imprudencia grave. Ante la disparidad de calificación, la AP da la razón al juzgado de instancia. «Si el instructor aprecia indicios racionales de criminalidad, deberá sin demora y sin la práctica de diligencias innecesarias, adoptar la oportuna resolución ordenando la continuación del procedimiento con la imputación de los hechos a las personas concretas».
"Consumió cuatro días antes"
En cualquier caso, recuerda que nada aún está perfilado de cara al auto de apertura de juicio oral. «Esa resolución se limita a dar por concluida la instrucción y abre la denominada fase intermedia de la cual puede resultar la efectiva y formal apertura del juicio oral, garantizando que el juicio oral no va a incluir en su ámbito otros hechos que aquellos que son objeto de imputación y acusación, sin que esa resolución prejuzgue ni condicione la ulterior decisión del órgano enjuiciador competente», aclara el tribunal.
En este caso, recuerda la AP, la resolución recurrida describe los hechos objeto de imputación y contiene todos los elementos que permiten comprender los hechos que se imputan y las circunstancias que llevan a tal imputación, esto es, la conducción del vehículo bajo influencia de ingesta de sustancias estupefacientes que mermaba las capacidades del conductor y la somnolencia causada que provocó la salida de la vía.
También recoge que, sometido el conductor a las pruebas de detección de sustancias, se detectó la presencia de cocaína, confirmada por los laboratorios de referencia, y describe los síntomas que el conductor presentaba. El letrado del acusado aseguró que un nuevo informe ha determinado que el consumo de cocaína fue cuatro días antes del accidente, lo que podría rebajar la calificación del fiscal de cara a un posible juicio.